SAP Córdoba 260/1997, 20 de Octubre de 1997

PonenteFRANCISCO DE PAULA SANCHEZ ZAMORANO
ECLIES:APCO:1997:50
Número de Recurso339/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución260/1997
Fecha de Resolución20 de Octubre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

CORDOBA

Sección Tercera

Rollo Ap. Civil nº 339/97

Autos de Juicio Verbal

Nº 29/97 1ª Instancia nº 2 Córdoba

ILTMOS SRES.

D. FRANCISCO ANGULO MARTIN

D. EDUARDO BAENA RUIZ

D. FRANCISCO SANCHEZ ZAMORANO

SENTENCIA Nº 260/97

En la Ciudad de Córdoba, a veinte de Octubre de mil novecientos noventa y siete.

La Sección Tercera de ésta Audiencia ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra autos de juicio Verbal seguido: en el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Córdoba entre el demandante D. Jose Pablo representado por el procurador Doña Fernanda Peralbo Álvarez de los Corrales y defendido por el Letrado Sr. Enríquez Garcia y los demandados D. Diego y MAPFRE representados por la procuradora Sra. González Santacruz y defendidos por el letrado l Sillero Alvarez siendo estos a su vez actores sobre reclamación de cantidad pendientes en ésta Sala a virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte de D. Diego y MAPFRE contra sentencia recaída en los autos siendo Ponente del / recurso el Magistrado Ilmo. Sr. D FRANCISCO SANCHEZ ZAMORANO.

Aceptando los antecedentes de hecho de la sentencia recorrida y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Sr. Juez de Primera Instancia nº 2 de Córdoba cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO.- Que estimando la demanda formulada por Jose Pablo contra Diego Y MAPFRE, debo condenar y condeno a estos a que abonen solidariamente al actor la suma de CIENTO SETENTA MIL CUATROCIENTAS CINCUENTA Y DOS PESETAS, con sus intereses legales, que para la Cía. Aseguradora será el interés legal incrementado en el 50% desde la fecha del siniestro y hasta su completo pago, condenándoseles igualmente al pago de las costas procesales. Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Diego contra BANCO VITALICIO, Jose Pablo Y Alonso, a los que absuelvo de todas las pretensiones en su contra formuladas, con imposición de costas al actor."

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte del Sr. Diego que fue admitida en ambos efectos solicitándose por la apelante la evocación de la sentencia y en su lugar se dictara, otra con arreglo a sus peticiones por la el apelado que se con firmara dicha resolución en todos sus pronunciamientos.

TERCERO

Que en la tramitación de las dos instancias de este juicio se han observado las prescripciones legales.

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida en lo que no se opongan a los de ésta resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El accidente circulatorio de autos, causa del presente litigio y generador de las demandas cruzadas entre ambas partes intervinientes en el mismo, ocurre el día 3 de octubre de 1996 en la confluencia de las calles Segunto y Caravaca de la Cruz de esta Capital,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Barcelona, 18 de Julio de 2001
    • España
    • 18 Julio 2001
    ...sentido se pronuncian varias Audiencias Provinciales, Baleares autos de 14 de mayo de 1999 y 18 de noviembre de 1999 y sentencia de A.P. Córdoba de 20 de octubre de 1997. Por ello cabe concluir en la procedencia de la acción ejercitada contra el propietario del vehículo cuya legitimación pa......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR