SAP Huesca 143/1997, 6 de Mayo de 1997

PonenteSANTIAGO SERENA PUIG
ECLIES:APHU:1997:229
Número de Recurso292/1996
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución143/1997
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

Rollo civil nº 292/96 BS060597.03S

Ejecutivo nº 223/96 de Huesca 1

Sentencia Apelación Civil Número 143

PRESIDENTE *

D.SANTIAGO SERENA PUIG *

MAGISTRADOS *

D.GONZALO GUTIÉRREZ CELMA *

D.ANGEL IRIBAS GENUA *

*

En la Ciudad de Huesca, a seis de mayo de mil novecientos noventa y siete.

Vistos en nombre del Rey por esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Huesca, como juicio ejecutivo registrado al número 223/96, promovido por don Francisco como demandante, contra el Consorcio de Compensación de Seguros, como demandado; pendientes ante esta Audiencia Provincial en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 292 del año 1.996 (B), interpuesto por el citado demandado, que actúa en esta alzada representado y defendido por el Abogado del Estado Sustituto; habiendo comparecido también ante este Tribunal, para la sustanciación de este recurso, en su calidad de apelado, el indicado demandante, representado por la Procuradora doña María Ángel Pisa Torner y defendido por el Abogado don José Espitia Arellano, sustituido en el acto de la vista por el Letrado don Ramón Villas Espitia; actuando como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don SANTIAGO SERENA PUIG, quien expresa el parecer de esta Sala sobre la resolución que merece el presente recurso, en el que aparecen y son de aplicación los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la resolución impugnada.

SEGUNDO

El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la Sentencia recurrida cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Fallo.- Que estimando en parte la oposición a la demanda deducida en estos autos de juicio ejecutivo que contra el Consorcio de Compensación de Seguros se interpuso por el procurador doña María Ángel Pisa Torner, en representación de don Francisco, mando seguir adelante la ejecución hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a la referida demandada, para con su importe efectuar entero y cumplido pago a la actora de la suma de 300.000 ptas. de principal, más los intereses y costas causadas y que se causen, al pago de cuyas cantidades se condena expresamente a la demandada, quedando a salvo el derecho de las partes para promover el correspondiente juicio ordinario sobre la misma cuestión, por no producir excepción de cosa juzgada esta sentencia".

TERCERO

Notificada la indicada Sentencia a los interesados, interpuso en tiempo y forma el demandado el presente recurso de apelación, el cual fue admitido, elevándose los autos a esta Sala, tras el oportuno emplazamiento de las partes quienes comparecieron debidamente y en tiempo hábil en el presente rollo, sustanciándose con ellas el recurso por los trámites señalados en la Ley, adhiriéndose al recurso el apelado; teniendo lugar el acto de la Vista Pública en el día y hora previamente señalados, con la asistencia de las partes personadas indicadas en el encabezamiento de esta resolución, solicitando la apelante la estimación de su alzada, interesando concretamente la revocación de la Sentencia discutida, para que se procediera a estimar íntegramente su oposición, con las costas de ambas instancias a cargo del la ejecutante; y pidiendo la apelada la desestimación del recurso interpuesto y que a su vez se estimara íntegramente la demanda interpuesta. Seguidamente, después de informar las partes en defensa de sus pretensiones, se procedió a la deliberación de esta resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso mantenido por el Consorcio de Compensación de Seguros se dirige a la revocación de la sentencia, con la consiguiente desestimación de la...

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