SAP Madrid, 5 de Mayo de 1997

PonenteANTONIO ROMA ALVAREZ
ECLIES:APM:1997:745
Número de Recurso763/1995
ProcedimientoCOGNICIÓN
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

SENTENCIA

En Madrid, a cinco de Mayo de mil novecientos noventa y siete.

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio de Cognición sobre arrendamientos urbanos, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 54 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandante-apelado DON Jesús, representado por el Procurador Don Jesus Verdasco Triguero, y de otra como demandados y hoy apelantes ASOCIACION GENERAL DE AUTONOMOS PEQUEÑOS Y MEDIANOS DE CONSTRUCCION, OBRAS PUBLICAS Y CORTO RECORRIDO (TRANS-OBRAS-APYME), ASOCIACION GENERAL DE AUTONOMOS PEQUEÑOS Y MEDIANOS TRANSPORTISTAS DE VIAJEROS (AGAPYMET), ASOCIACION GENERAL DE TRANSPORTISTAS POR CARRETERA (AGTC), ASOCIACION NACIONAL DE TRANSPORTISTAS INTERNACIONALES DISCRECIONALES (ANTID), UNION DE COOPERATIVAS DE TRANSPORTES UCOTRANS, ASOCIACION GENERAL DE TRANSPORTISTAS DE LA REGION DE MADRID (AGTRM), representados por el Procurador Don Javier Lorente Zurdo y de otra como demandada y hoy apelada FEDERACION NACIONAL DE ASOCIACIONES DEL TRANSPORTE DE ESPAÑA (FENADISMER), que por su incomparecencia ante esta Superioridad se han entendido en cuanto a la misma las actuaciones con los Estrados del Tribunal.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Antonio Roma Alvarez

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 54 de Madrid, en fecha 4 de abril 1.995, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo: " Que estimando la demanda presentada por el Procurador Sr. Verdasco Triguero en nombre y representación de Don Jesús, dirigida contra Transobras-Apyme, Fenadismer, Antid, Agapymet, Agtd, Agtrm y Ucotrans, procede efectuar los siguientes pronunciamientos: 1º.- Declarar resuelto el contrato de arrendamiento del piso NUM000 -A de la C/ DIRECCION000 nº NUM001 de Madrid, celebrado en dia 1 de noviembre de 1.983 por Don Jesús y Transobras, por cesión o subarriendo inconsentido. 2º.- Condenar a las entidades demandadas TransobrasApyme, Fenadismer, Antid. Aapymet, Agtc, Agtrm y Ucotrans a dejar el piso objeto del litigio libre, bacuo y a disposición del actor, con apercibimiento de lanzamiento si no lo hicieren en legal término. Todo ello con expresa imposición de las costas del juicio a las entidades demandadas por ser preceptivo..".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma...

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