SAP Huesca, 16 de Abril de 1997

PonenteANTONIO ANGOS ULLATE
ECLIES:APHU:1997:191
Número de Recurso36/1997
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Fecha de Resolución16 de Abril de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª
  1. Penal nº 36/97S160497.5U

Sentencia Apelación Penal Número 60-78

PRESIDENTE *

D.SANTIAGO SERENA PUIG *

MAGISTRADOS *

D.ÁNGEL IRIBAS GENUA *

D.ANTONIO ANGÓS ULLATE *

*

En la Ciudad de Huesca, a die-ciséis de abril de mil no-ve-cientos no-ven-ta y siete.

Vista en nombre del Rey, por esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, la causa número 76 del año 1996, del Juzgado de Instrucción de Monzón, que ha quedado registrada en este Tribunal al número 36 del año 1997, tramitada como procedimiento abrevia-do, rollo 41/97, ante el Juzgado de lo Penal de Huesca, por un presunto delito contra la seguridad del tráfico, contra el acusado, Luis Pablo, ahora apelado, cuyas circuns- tancias perso-nales constan en la reso-lución impugna-da. Es parte acusadora y apelante el Ministerio Fiscal. Es ponente de esta sentencia el Ilmo. Sr. Magistrado Don ANTONIO ANGÓS ULLATE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 5 de marzo de 1997, en la causa antes reseñada, se dictó la Sentencia combatida, cuya parte dispositiva dice literalmente así: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Luis Pablo como autor penalmente responsa-ble de un delito contra la seguridad del tráfico, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de tres meses con una cuota diaria de trescientas pesetas y privación del derecho a conducir ciclomotores por un tiempo de trece meses y a que pague las costas de este jui-cio".

SEGUNDO

Notificada a las partes la indicada Sentencia, el Ministerio Fiscal inter- puso el presente recurso de apela-ción, alegando los motivos que estimó procedentes y que luego se estudiarán, solicitando una sentencia por la que se dicte la misma condena de la Sentencia impugnada, pero incluyendo también en la pena de privación del derecho a conducir ciclomotores la privación del derecho a conducir vehículos a motor, conjuntamen-te, y por el mismo tiempo por el que se ha condenado.

TERCERO

El Juzgado tuvo por interpuesto en tiempo y forma el indicado recurso de apelación y dio traslado del mismo a la otra parte, el acusado, que no efectuó manifestación alguna. Seguida-mente, fueron elevadas las actuacio-nes a este Tribu-nal, que acordó formar rollo y designó Magistrado ponente, al que se entregaron los autos para que, previa deliberación...

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