AAP Barcelona 9/2010, 14 de Enero de 2010
Ponente | INMACULADA CONCEPCION ZAPATA CAMACHO |
ECLI | ES:APB:2010:283A |
Número de Recurso | 267/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 9/2010 |
Fecha de Resolución | 14 de Enero de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCION DECIMOSEXTA
ROLLO Nº. 267/2009-C
MEDIDAS CAUTELARES Núm. 231/2007
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 6 MARTORELL
A U T O Nº 9/2010
Ilmos. Sres.
D. JORDI SEGUÍ PUNTAS
Dª INMACULADA ZAPATA CAMACHO
D. JOSÉ LUIS VALDIVIESO POLAINO
En la ciudad de Barcelona, a catorce de enero de dos mil diez.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciseis de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Medidas cautelares, número 231/2007 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 6 Martorell, a instancias de SUBARO, S.L. y OPERACIONES INMOBILIARIAS FRANJO, S.A. contra Juan Ramón, Candido, Carlota, Gabriel, Lorenza, Moises, Zaira, Eloisa, Natividad, Carlos Francisco, Alicia, Baltasar
, Genoveva, Salome, Fructuoso, Maximiliano, Carmela, Macarena, Jose Francisco, María del Pilar, Estibaliz, Arturo, Rebeca, Ezequiel, Belinda, Justa, Bárbara, Julieta, Jose Francisco, Julieta, Yolanda, SURISEF 2000, S.L., Jose Antonio, Andrés, Francisca, Eulalio, Tamara, Leopoldo, Delfina, Urbano, Palmira, Apolonia, Alexis, Felix, Modesta, Melchor, Jose Ramón, Angustia, Aquilino, Leticia, Felicisimo
, Andrea, Pelayo y Nicolasa representados por la procuradora Dª. Montserrat Pallás García; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra el Auto dictado el día diecisiete de enero de dos mil ocho por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva del Auto apelado es del tenor literal siguiente: "ACUERDO: Se acuerda acceder a lo solicitado por la entidad SUBARU, S.L. y la entidad OPERACIONES INMOBILIARIAS FRANJO, S.A, y en consecuencia, se acuerda:/ Es procedente acceder a las medidas cautelares solicitadas por la entidad SUBARU, S.L. y la entidad OPERACIONES INMOBILIARIAS FRANJO, S.A, en concreto la adopción de la medida cautelar de anotación preventiva de la demanda en el Registro de la Propiedad número dos de Martorell, al tomo NUM000, libro NUM001, folio NUM002 en que consta la finca registral nº NUM003 objeto del presente procedimiento, previa prestación al efecto de caución que deberá prestar el solicitante en la cantidad que prudencialmente se fija en 10.000 #.". SEGUNDO.- Contra el anterior Auto se interpuso recurso de apelación por los demandados mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria que se opuso en tiempo y forma legal. Elevados los autos a esta Superioridad, se procedió a dar el trámite correspondiente señalándose para votación y fallo el día 7 de enero de 2010.
Vistos siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. INMACULADA ZAPATA CAMACHO.
Se alzan los demandados frente a la decisión del Juzgado de imponerles las costas devengadas en la pieza de medidas cautelares tramitada a instancia de Operaciones Inmobiliarias Franjo SA y Subaru SL.
Ante todo se ha de poner de manifiesto que, habiéndose pronunciado el auto apelado sobre las costas causadas en el presente incidente contradictorio, es obviamente irrelevante a los fines que nos ocupan la circunstancia de que en su momento no accediera el Juzgado a decretar la adopción de la medida inaudita...
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AAP Barcelona 99/2011, 6 de Mayo de 2011
...que si s'imposa una caució molt superior a la oferta per l'actor, no hi ha costes ( AAP, Civil sección 16 del 14 de Enero del 2010 (ROJ: AAP B 283/2010 ), o tampoc si hi ha una desestimació important de la oposició ( AAP, Civil sección 16 del 29 de Enero del 2009 (ROJ: AAP B 173/2009 ) o un......