SAP Madrid 270/2009, 6 de Noviembre de 2009

PonenteJOSE ZARZUELO DESCALZO
ECLIES:APM:2009:17857
Número de Recurso51/2009
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución270/2009
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 28ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 28

MADRID

SENTENCIA: 00270/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 28

C/ General Martínez Campos nº 27.

Teléfono: 91 4931988/89

Fax: 91 4931996

ROLLO DE APELACIÓN Nº 51/09.

Procedimiento de origen: Juicio Ordinario nº 444/05.

Órgano de Procedencia: Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid.

Parte recurrente: ELITE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S.L. y E.P.F. ENTERTAINMENT S.L.

Procuradora: Dª Pilar Rodríguez Coronado.

Letrado: D. Enrique Oltra Martínez.

Parte recurrida: PARAMOUNT PICTURES CORPORATION.

Procurador: D. Fernando Ruiz de Velasco y Martínez de Ercilla.

Letrado: D. Juan Luis Gracia.

SENTENCIA Nº 270/09

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. ÁNGEL GALGO PECO

D. ENRIQUE GARCÍA GARCÍA

D. JOSÉ IGNACIO ZARZUELO DESCALZO

En Madrid, a 6 de noviembre de 2009. La Sección Vigésima Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los ilustrísimos señores magistrados D. ÁNGEL GALGO PECO, D. ENRIQUE GARCÍA GARCÍA, y D. JOSÉ IGNACIO ZARZUELO DESCALZO, ha visto en grado de apelación, bajo el nº de rollo 51/2009, interpuesto contra la sentencia de fecha 23 de octubre de 2007, dictada en Juicio Ordinario nº 444/05, provenientes del Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid.

Han sido partes en el recurso, como apelante ELITE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S.L. y E.P.F. ENTERTAINMENT S.L, representados por la Procuradora Dª Pilar Rodríguez Coronado y defendidos por el Letrado D. Enrique Oltra Martínez, siendo apelado PARAMOUNT PICTURES CORPORATION, representado por D. Fernando Ruiz de Velasco Martínez de Ercilla y defendido por D. Juan Luis Gracia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Las actuaciones procesales se iniciaron mediante demanda presentada con fecha 14 de octubre de 2005 por el Procurador D. Fernando Ruiz de Velasco Martínez de Ercilla, en nombre y representación de PARAMOUNT PICTURES CORPORATION contra ELITE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S.L y E.P.F. ENTERTAINMENT S.L, en la que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicable y aquí se dan por reproducidos en aras a la mayor brevedad, terminaba suplicando el dictado de una sentencia por la que se declare 1º que la demandante PARAMOUNT PICTURES CORPORATION como creadora, usuaria y titular extra registral de la marca notoria "GREASE", descrita en la exposición fáctica, tiene unos derechos exclusivos y excluyentes sobre el signo, 2º que el derecho exclusivo de PARAMOUNT PICTURES CORPORATION sobre el signo se basa asimismo en el derecho de propiedad intelectual derivado de la creación del signo y de la película distinguida con dicho título, 3º que la marca GREASE es notoria como consecuencia del constante e intenso uso efectuado por la demandante desde finales de los años 70, tanto en la actualidad como con anterioridad a la fecha de la solicitud de la marca nº 2.179.591 "TOUR GREASE", de la que es titular la demandada E.P.F. ENTERTAINMENT S.L., 4º que la marca nº 2.179.591 TOUR GREASE ha sido solicitada de mala fe por E.P.F. ENTERTAINMENT S.L., 5º que la marca nº 2.179.591 "TOUR GREASE" registrada a nombre de la demandada E.P.F. ENTERTAINMENT S.L. es incompatible con la marca "GREASE" de PARAMOUNT PICTURES CORPORATION, debiendo ser declarada nula y sin valor legal al amparo de lo dispuesto en los arts. 6.1.d y 9.1 .c en relación con los arts. 51.1.b y 52 de la Ley de Marcas, 6º que el nombre de dominio www.greasetour.com registrado a nombre de la demandada ELITE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S.L. resulta incompatible con los distintos prioritarios de la actora por la que deben ser cancelados por la ESNIC y la ICAN, 7º que las demandadas E.P.F. ENTERTAINMENT S.L., y ELITE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS SL., carecen respectivamente de derecho de registrar y usar la marca nº 2.179.591 "TOUR GREASE" y el dominio www.greasetour.com, 8º que las demandadas E.P.F. ENTERTAINMENT S.L., y ELITE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S.L., con la utilización de las marcas "GREASE TOUR", "GREASEMANIA" y el nombre de dominio www.greasetour.com han cometido actos de infracción de los derechos de exclusiva de PARAMOUNT sobre la marca "GREASE", 9º que la infracción por las demandadas de los derechos de exclusiva de la demandante sobre la marca notoria "GREASE" causa daños y perjuicios a la demandante PARAMOUNT, los que deberán ser evaluados en fase probatoria, o bien en ejecución de sentencia, y calculados en cuanto al lucro cesante en base a los parámetros establecidos en el art. 43.2.c. de la Ley de Marcas y en concreto aplicándose un 1% al montante de los ingresos obtenidos por las sociedades E.P.F. ENTERTAINMENT S.L., y ELITE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S.L., 10º a la publicación de la sentencia a costa de los demandados en un diario de circulación nacional, debiendo condenar a E.P.F. ENTERTAINMENT S.L., a cancelar la marca nº 2.179.591 "TOUR GREASE" mixta en clase 41ª, a la demandada ELITE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S.L. a cancelar el nombre de dominio www.greasetour.com, a ambas demandadas a no utilizar ahora y en el futuro la marca "TOUR GREASE", así como cualquier otra confundible con la marca GREASE como por ejemplo GREASE TOUR y GREASE MANIA, y a

indemnizar a la actora por los daños y perjuicios causados según las bases de cálculo mencionado, así como a la publicación de la sentencia a su costa en un diario de circulación nacional, todo ello con imposición de costas.

SEGUNDO

Tras seguirse el juicio por sus trámites correspondientes, el Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid dictó sentencia, con fecha 23 de octubre de 2007, cuyo fallo era el siguiente: " Que estimando la demanda que ha dado lugar a los presentes autos de Juicio Ordinario número 444/2005, a instancia del Procurador Don Fernando Ruiz de Velasco Martínez de Ercilla, en nombre y representación de PARAMOUNT PICTURES CORPORATION, contra E.P.F. ENTERTAINMENT S.L. y ELITE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S.L., representados por la Procuradora Doña Pilar Rodríguez Coronado, debo declarar y declaro: 1º Que la demandante PARAMOUNT PICTURES CORPORATION como creadora, usuaria y titular extra registral de la marca notoria "GREASE", descrita en la exposición fáctica, tiene unos derechos exclusivos y excluyentes sobre este signo.

  1. Que el derecho exclusivo de PARAMOUNT PICTURES CORPORATION sobre el signo se basa asimismo en el derecho de propiedad intelectual derivado de la creación del signo y de la película distinguida con dicho título.

  2. Que la marca "GREASE" es notoria como consecuencia del constante e intenso uso efectuado por al demandante desde finales de los años 70, tanto en la actualidad como con anterioridad a la fecha de la solicitud de la marca nº 2.179.591 "TOUR GREASE", de la que es titular la demandada E.P.F. ENTERTAINMENT S.L.

  3. Que la marca nº 2.179.591 "TOUR GREASE" ha sido solicitada de mala fe por E.P.F. ENTERTAINMENT S.L.

  4. Que la marca nº 2.179.591 "TOUR GREASE" registrada a nombre de la demandada "E.P.F. ENTERTAINMENT S.L. es incompatible con la marca "GREASE" de PARAMOUNT PICTURES CORPORATION, debiendo ser declarada nula.

  5. Que el nombre de dominio www.greasetour.com registrado a nombre de la demandada ELITE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S.L. resulta incompatible con los distintivos prioritarios de la actora por lo que deben ser cancelados por la ESNIC y la ICAN.

  6. Que las demandadas E.P.F. ENTERTAINMENT S.L. y ELITE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S.L., carecen respectivamente del derecho de registrar y usar la marca nº 2.179.591 "TOUR GREASE" y el dominio www.greasetour.com.

  7. Que las demandadas E.P.F. ENTERTAINMENT S.L. y ELITE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S.L., con la utilización de las marcas "GREASE TOUR", el signo "GREASEMANIA" y el nombre de dominio www.greasetour.com han cometido actos de infracción de los derechos de exclusiva de PARAMOUNT sobre la marca "GREASE".

  8. Que la infracción por las demandadas de los derechos de exclusiva de la demandante sobre la marca notoria "GREASE" causa daños y perjuicios a la demandante PARAMOUNT.

    DEBIENDO en su consecuencia CONDENAR:

  9. a E.P.F. ENTERTAINMENT S.L. a estar y pasar por la cancelación de la marca nº 2.179.591 "TOUR GREASE" mixta en clase 41ª.

  10. a la demandada ELITE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S.L., a cancelar el nombre de dominio www.greasetour.com.

  11. a ambas demandadas a no utilizar ahora y en el futuro la marca "TOUR GREASE", así como los signos GREASE TOUR Y GREASE MANIA.

  12. a ambas demandadas a indemnizar a la actora por los daños y perjuicios causados con las cantidades de 5.353,80 euros (ELITE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S.L.) y 5.606,90 euros (E.P.F. ENTERTAINMENT S.L.)

  13. a ambas demandadas a la publicación del fallo de la sentencia a su costa en un diario de circulación nacional.

    Todo ello con imposición de costas a ambas demandadas solidariamente".

TERCERO

Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, se interpuso recurso de apelación por la representación de E.P.F. ENTERTAINMENT S.L., y ELITE PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S.L. que, admitido por el mencionado juzgado y tramitado en legal forma, con oposición al mismo por parte de PARAMOUNT PICTURES CORPORATION, ha dado lugar a la formación del presente rollo ante esta sección de la Audiencia Provincial de Madrid, que se ha seguido con arreglo a los trámites de los de su clase. La deliberación y votación para el fallo del asunto se realizó con fecha 15 de octubre de 2009. Habiéndose aportado escrito por la apelada acompañando copia de resoluciones judiciales para su incorporación a las actuaciones se dio traslado a la apelada para que manifestara lo que tuviera por conveniente en relación al mismo.

Ha actuado como ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ IGNACIO ZARZUELO DESCALZO, que expresa el parecer del tribunal.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En su demanda inicial, la...

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