SAP Barcelona 1077/2005, 28 de Octubre de 2005

PonenteJOSE CARLOS IGLESIAS MARTIN
ECLIES:APB:2005:11090
Número de Recurso256/2005
ProcedimientoAPELACIóN FALTAS
Número de Resolución1077/2005
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 2ª

Audiencia Provincial de Barcelona

Sección Segunda

Juzgado de Instrucción nº 13 de Barcelona. J. de Faltas nº 661/04

Rollo de Apelación nº 256/05-MK

SENTENCIA Nº 1077

En Barcelona a veintiocho de octubre de dos mil cinco.

En nombre de S.M. el Rey, S.Sª Ilma D. José Carlos Iglesias Martín, Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituido en Tribunal unipersonal, ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio de Faltas nº 661/04 sobre lesiones, dimanantes del Juzgado de Instrucción nº 13 de Barcelona, habiendo sido partes, en calidad de apelantes, D. Antonia, y en calidad de apelado, el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho de la sentencia apelada dictada en fecha 9 de febrero de 2005 por el Juzgado de Instrucción nº 13 de Barcelona, cuyo fallo se da aquí por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO

Apelada la citada sentencia por Dª Antonia, y previos los trámites legales oportunos, se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Barcelona, correspondiendo a esta Sección por turno de reparto, incoándose el preceptivo rollo de sala y observándose en la tramitación del recurso las prescripciones legalmente estipuladas.

HECHOS PROBADOS

Se acepta y da por reproducido el relato de hechos probados de la sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Basa la recurrente su impugnación de la sentencia de instancia en la existencia de error en la valoración de la prueba por el Juzgador ya que la misma acreditó la autoría por el acusado D. Luis Andrés de la acción desencadenante del quebranto corporal que sufrió Dª Antonia, interesando la revocación del veredicto absolutorio y su sustitución por otro condenatorio en los términos interesados en el juicio oral.

SEGUNDO

El recurso debe ser desestimado. Lamentado como no podía ser de otra forma que conductas como la que generó la lesión de la Sra Antonia queden impunes, lo cierto es que el examen de las actuaciones revela que el juzgador acertó cuando concluyó que no medió prueba de cargo apta para atribuir al acusado Sr Luis Andrés la autoría de la agresión que desencadenó el menoscabo físico de la mujer agredida. El tribunal se ve forzado a recordar una vez más que el ámbito propio de la prueba que...

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