SAP Salamanca 374/2005, 26 de Julio de 2005

PonenteJOSE ANTONIO MARTIN PEREZ
ECLIES:APSA:2005:530
Número de Recurso384/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución374/2005
Fecha de Resolución26 de Julio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 374/05

ILMO SR PRESIDENTE

DON J. RAMÓN GONZÁLEZ CLAVIJO

ILMOS SRES MAGISTRADOS

DON I. GARCÍA DEL POZO

DON J. A. MARTÍN PÉREZ STE.

En la ciudad de Salamanca a veintiséis de Julio del año dos mil cinco.

La Audiencia Provincial de Salamanca, ha visto en grado de apelación el Juicio Verbal Civil Nº 412/04 del Juzgado de Primera Instancia de Peñaranda de Bracamonte, Rollo de Sala Nº 384/05 ;han sido partes en este recurso: como demandante apelado FABIÁN MARTÍN S.L., representado por el Procurador Don Angel Gómez Tabernero, bajo la dirección del Letrado D. Eduardo Calvo Pérez ; como demandado apelante DOÑA Maite, representado por el Procurador Don Manuel Gómez Sánchez, bajo la dirección del Letrado

D. Fernando Javier López Alvarez.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día trece de Abril de dos mil cinco, por el Ilmo. Sr. Magistrado- Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Peñaranda de Bracamonte, se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente FALLO: "Estimo íntegramente la demanda promovida por el Sr. Procurador D. Angel Gómez Tabernero en nombre y representación de Fabián Martín SL. Condenando a Dª Maite al pago de 2.418,88 euros, más los intereses legales de dicha cantidad desde la reclamación de éstos con la petición de juicio monitorio, con expresa imposición de costas a la parte demandada."

  2. - Contra referida sentencia se preparó recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandada que fue formalizado en tiempo y forma y presentado escrito hizo las ale

    gaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando la revocación de la resolución recurrida, dictándose otra en la que se desestime la demanda por no existir deuda de la demandada con la demandante al no haber existido contrato, todo ello con condena en costas a la actora de instancia y de apelación ; dado traslado de la interposición del recurso a la contraparte, por ésta se presentó escrito de oposición al mismo, haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando se dicte sentencia confirmando la resolución recurrida, con imposición de costas a la parte apelante.

  3. - Recibidos los autos en esta Audiencia, se formó el oportuno rollo, señalándose para la votación y fallo del recurso el día veinte de Julio de los corrientes, y pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente para dictar sentencia.

  4. - Observadas las formalidades legales. Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Suplente DON J. A. MARTÍN PÉREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia número 1 de Peñaranda de Bracamonte con fecha 13 de abril de 2005, estimó la demanda de juicio monitorio transformado en verbal sobre reclamación de cantidad formulada por la representación procesal de Fabián Martín S.L., condenando a Dª. Maite a abonar el importe de la factura presentada correspondiente a los traslados en ambulancia realizados por la actora en su favor, al considerar probada la contratación de los servicios de la actora por la demandada.

Por la representación procesal de la demandada se interpone recurso de apelación, alegando fundamentalmente error en la apreciación de la prueba en que incurre el juzgador, e infracción de derecho y jurisprudencia.

SEGUNDO

Antecedentes necesarios para el análisis de la litis son: que la demandada sufre en accidente de tráfico lesiones como ocupante del vehículo, siendo la culpa de otro. Para curar de las lesiones requiere tratamiento de rehabilitación y la aseguradora La Estrella contrata y costea los desplazamientos en ambulancia desde su pueblo hasta Salamanca durante los meses de abril, mayo y junio de 2001. Desde agosto de 2001 Fabián Martín S.L. pasa a formar parte de la UTE Emergencias Sanitarias concertada con el SACYL para el traslado de los enfermos a dependencias del INSALUD, de manera que los desplazamientos realizados a partir de agosto los paga este organismo. Por ello se reclaman a la demandada únicamente el coste de los desplazamientos del mes de julio. La actora alega que una vez que la aseguradora comunicó en junio que...

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