SAP Barcelona 1289/2004, 28 de Diciembre de 2004

PonenteGUILLERMO RAMON CASTELLO GUILABERT
ECLIES:APB:2004:15614
Número de Recurso349/2004
ProcedimientoAPELACIóN FALTAS
Número de Resolución1289/2004
Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN TERCERA

ROLLO Nº 349/2004-A

JUICIO DE FALTAS Nº 318/2004

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 7 DE BARCELONA

S E N T E N C I A N ú m.

En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de diciembre de dos mil cuatro.

VISTO, en grado de apelación, por el Ilmo. Sr. Magistrado de la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial D. GUILLERMO CASTELLÓ GUILABERT, el Juicio de Faltas seguido bajo el nº 318/2004 por el Juzgado de Instrucción nº 7 de Barcelona, por una falta de coacciones, en el que fueron partes Valentín como denunciante y Yolanda como denunciada y el Ministerio Fiscal por la acusación pública; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Valentín contra la Sentencia dictada en los mismos el día 6 de Octubre de 2004 por el Sr. Juez del expresado Juzgado, y comparecida como apelada Yolanda .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo absolver y absuelvo a Yolanda, declarando las costas de oficio".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Valentín, y admitido se le dió el trámite correspondiente por el Juzgado instructor, elevándose las actuaciones a esta Sección de la Audiencia para la resolución del recurso.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia recurrida.

PRIMERO

Contra la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 7 de Barcelona, el denunciante Valentín formula recurso de apelación en el que alega que ha quedado demostrado que el denunciante es copropietario del vehículo y, por tanto, existe una falta de coacciones, interesando la revocación de la sentencia absolutoria y la condena de la denunciada Yolanda .

SEGUNDO

Reiteradamente había venido declarando el Tribunal Constitucional (sentencias 43/1997, 172/1997 y 120/1999 ) que el Juez ad quem, tanto por lo que respecta a la subsanación de los hechos en la norma como por lo que se refiere a la determinación de tales hechos a través de la valoración de la prueba, se halla...

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