SAP Málaga 761/2004, 27 de Octubre de 2004

PonenteMARIA INMACULADA SUAREZ-BARCENA FLORENCIO
ECLIES:APMA:2004:4466
Número de Recurso964/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución761/2004
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. SECCIÓN SEXTA.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE MARBELLA

JUICIO ORDINARIO Nº 146/02

ROLLO DE APELACIÓN CIVIL Nº 964/03

YO, LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MÁLAGA

SENTENCIA Nº 761/04

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. ANTONIO ALCALÁ NAVARRO

Magistrados:

D. JOSÉ JAVIER DÍEZ NÚÑEZ

Dña. INMACULADA SUÁREZ BÁRCENA FLORENCIO

En la ciudad de Málaga a veintisiete de Octubre de dos mil cuatro.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio ORDINARIO Nº 146/02, procedentes del Juzgado de Primera Instancia 3 DE MARBELLA, sobre CONDENA DE HACER, seguidos a instancia de la DIRECCION000, representada en el recurso por el Procurador D. Avelino Barrionuevo Gener y defendida por el Letrado Srª. Castro Abad, contra la Entidad Palmetto, S.A., representada en el recurso por la Procuradora Dñª. Maria Tinoco García y defendida por la Letrada Dª. Laura Castillo García, pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por el demandado contra la sentencia dictada en el citado juicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Marbella dictó sentencia de fecha 12 de Junio de 2003 en el juicio ordinario nº 146/03 del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO.- Que ESTIMANDO TOTALMENTE la demanda presentada por el Procurador Srª Cabellos, en nombre y representación de la DIRECCION000, debo declarar y declaro que las obras realizadas por la entidad demandada, Palmetto, S.A. en la vivienda nº NUM000 del Bloque nº NUM001 de la Comunidad citada, son indebidas y contrarias a la ley, CONDENANDO a dicha entidad, a derruir lo construido, dejando las cosas en su estado primitivo. Se imponen las costas al demandado.". SEGUNDO.- Contra la expresada sentencia interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación el demandado, el cual fué admitido a trámite y su fundamentación impugnada de contrario, remitiéndose los autos a esta Audiencia donde, al no haberse propuesto prueba ni estimarse necesaria la celebración de vista, previa deliberación de la Sala que tuvo lugar el día 27 de Octubre de 2004, quedaron las actuaciones conclusas para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente la Ilma. SRª Dñª INMACULADA SUÁREZ BÁRCENA FLORENCIO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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