SAP Granada 567/2004, 11 de Octubre de 2004
Ponente | ANTONIO MOLINA GARCIA |
ECLI | ES:APGR:2004:2067 |
Número de Recurso | 222/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 567/2004 |
Fecha de Resolución | 11 de Octubre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 4ª |
1 AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA
SECCION CUARTA
ROLLO Nº 222/04
JUZGADO GRANADA 11
ORDINARIO Nº 425/02
PONENTE SR ANTONIO MOLINA GARCÍA
SENTENCIA Nº 567/04
ILTMOS. SEÑORES:
PRESIDENTE
D. ANTONIO MOLINA GARCÍA
MAGISTRADOS
D. MOISÉS LAZUÉN ALCÓN
D. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ
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En la Ciudad de Granada a once de Octubre de dos mil cuatro. La Sección Cuarta de esta
Iltma. Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de Juicio Ordinario nº 425/02, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número Once de Granada, en virtud de demanda de D. Jose Carlos, representado/a por el/a la Procurador/a/ Sr/a/. García de Gracia, contra Dª Isabel, "CIA. DE SEGUROS LA ESTRELLA S.A." y "CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS", representados respectivamente por la Procuradora Sra. De Gracia Zorrilla, Sra. Adame Carbonell y Letrada Sra. Prieto Hermoso.
Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" de la sentencia apelada, y
La referida sentencia, fechada en 14/11/03, contiene, literalmente, el siguiente fallo: "Estimando parcialmente la demanda presentada, 1º. Condeno a Dª Isabel y "La Estrella S.A. de Seguros y Reaseguros" a que, solidariamente, indemnicen a D. Jose Carlos con mil novecientos sesenta y siete Euros setenta céntimos, y a Edurne con seiscientos veintiséis Euros y noventa y un céntimos.- 2º. Absuelvo al Consorcio de Compensación de Seguros de los pedimentos deducidos en su contra. 3º. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."
Sustanciado y seguido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante y demandada Dª Isabel, se dio traslado a las demás partes para su oposición o impugnación; elevándose posteriormente las actuaciones a éste Tribunal señalándose día y hora para Votación y Fallo.
Han sido observadas las prescripciones legales de trámite. Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. ANTONIO MOLINA GARCÍA.
La intensa familiaridad entre perjudicados (esposo e hija) con la demandada, conductora del vehículo siniestrado y la versión de que al accidente contribuyó un tercer vehículo requiere definir previamente la posición de las partes en orden a la prueba, toda vez que aunque el esposo demanda a la esposa, por lo que la considera legitimada pasivamente, ésta a su vez aduce falta de legitimación pasiva al trasladarla a un tercero. El Tribunal Supremo, a propósito del principio de inversión de la carga de la prueba tiene dicho que éste no rige cuando en el siniestro intervienen dos o más vehículos, tal como será en...
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