SAP Madrid, 11 de Noviembre de 2002

PonenteJOSE LUIS DURAN BERROCAL
ECLIES:APM:2002:13162
Número de Recurso545/2000
ProcedimientoMENOR CUANTÍA
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

SENTENCIA

En Madrid, a once de Noviembre de dos mil dos.

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio declarativo de Menor Cuantía sobre devolución de cosa mueble e indemnización por daños y perjuicios, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 39 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandante- apelada D. Jose Ángel

, representado por el Procurador D. Javier Huidobro Sánchez Toscano y defendido por el Letrado D. Antonio Perejón Mas, y de otra como demandados-apelantes D. Agustín, Dª Emilia Y DON Braulio, representados por la Procuradora Dª Mª Teresa Uceda Blasco y defendidos por el Letrado D. Santiago Suárez Alvarez.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José Luis Durán Berrocal

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 39 de Madrid, en fecha 7 de abril de 2.000, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Javier Huidobro Sánchez en nombre y representación de D. Jose Ángel contra D. Agustín, Dª Emilia y D. Braulio y desestimando la reconvención deducida de contrario debo condenar y condeno a los demandados a que restituyan al actor el equipo de sonido que les entregó en virtud del contrato de fecha 17 de octubre de 1.997 y a que le abonen la cantidad de 2.700.000 pesetas, intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de presentación de la demanda y costas del procedimiento."

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por las partes demandantes, que fué admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron las partes en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones, substanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

La vista pública celebrada el día 6 de noviembre de 2.002, tuvo lugar con la intervención de los referidos Letrados, que informaron cuanto creyeron conveniente en apoyo de sus pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada no contrarios a los que a continuación se exponen.

SEGUNDO

El entonces menor demandado D. Agustín alquiló el 17 de octubre de 1.997 al demandante un equipo de sonido y otro de luces por precio satisfecho al contado de 80.000 pts; para ser utilizados en una fiesta a...

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