SAP Córdoba 48/2002, 28 de Febrero de 2002
Ponente | FRANCISCO DE PAULA SANCHEZ ZAMORANO |
ECLI | ES:APCO:2002:323 |
Número de Recurso | 136/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 48/2002 |
Fecha de Resolución | 28 de Febrero de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA
SECCION Nº 3 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA
N.I.G. 1402137C20010001119
N" Procedimiento: Recurso de Apelación Civil (N) 333/2001
Asunto: 300688/2001
Autos de: Juicio Verbal (N) 136/2001
Juzgado de origen: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE
POSADAS
Apelante: Mariana Y OTRO
Procurador: MEDINA LAGUNA
Abogado: FEDERICO ROCA DE TORRES
Apelado: "HERCULES HISPANO S.A."
Procurador: GONZALEZ SANTA CRUZ
Abogado: GARCIA BALA, EDUARDO
SENTENCIA Nº 48/02
ILMOS. SRES
PRESIDENTE:
ILTMO. SR. D. FRANCISCO ANGULO MARTIN
MAGISTRADOS:
ILTMO. SR.D. FELIPE L. MORENO GÓMEZ
ILTMO. SR. D. FRANCISCO SANCHEZ ZAMORANO
En CORDOBA, a uno de marzo de dos mil dos.
La Sección Tercera de esta Audiencia ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra autos de J. VERBAL nº 136/01 seguidos en el Juzgado de I Instancia de 2 de Posadas entre el demandante Mariana Y Luis representado por la Procuradora Sra. Medina Laguna y defendido por el Letrado Sr. Roca de Torres, y el demandado "HERCULES HISPANO S.A." representado por la Procuradora Sra. González Santa Cruz y defendido por el Letrado Sr. Garcia Bala pendientes en esta Sala a virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandante contra sentencia recaída en autos, siendo Ponente del recurso el Magistrado Iltmo. Sr. Don FRANCISCO SANCHEZ ZAMORANO .
Aceptando los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida y,
Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 2 de Posadas cuyo Fallo es como sigue: " QUE DESESTIMO LA DEMANDA PRESENTADA POR DORA Mariana Y DON Luis, a través de su representación procesal, y en consecuencia DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO A LA ENTIDAD ASEGURADORA HERCULES HISPANO de los pedimentos formulados contra la misma, y ello con condena en costas de los demandantes. ".
Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandante que fue admitido en ambos efectos, oponiéndose al mismo la parte contraria, remitiéndose los autos a este Tribunal y considerando el mismo necesaria la celebración de vista, tuvo lugar con asistencia de referidos Procuradores y Letrados solicitándose por la apelante la revocación de la sentencia y en su lugar se dictara otra con arreglo a sus peticiones y por la del apelado que se confirmara dicha resolución en todos sus pronunciamientos.
Que en la tramitación de las dos instancias de este juicio se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida en lo que no se opongan a los de esta resolución.
El error judicial en la valoración de la prueba constituye el único motivo del recurso planteado por la representación procesal de Doña Mariana y D. Luis, respecto de la no estimación del quantum indemnizatorio solicitado en la demanda en la triple vertiente de los gastos...
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SAP Sevilla 170/2004, 11 de Marzo de 2004
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