SAP Albacete 123/2010, 30 de Abril de 2010
Ponente | MARIA DE LOS ANGELES MONTALVA SEMPERE |
ECLI | ES:APAB:2010:616 |
Número de Recurso | 346/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 123/2010 |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
ALBACETE
SENTENCIA: 00123/2010
AUDIENCIA PROVINCIAL.-SECCIÓN 2ª.-A L B A C E T E.-ROLLO Nº 346 / 09.-JUICIO ODINARIO nº 1143 / 08.-JUZGADO DE 1ª INSTANCIA nº 2-ALBACETE.-S E N T E N C I A NUM 123/2010
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE :
DON ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA.-MAGISTRAD@S :
DOÑA MARÍA DE LOS ANGELES MONTALVÁ SEMPERE.-DON JUAN MANUEL SÁNCHEZ PURIFICACIÓN.-En Albacete, a treinta de abril de 2.010.-VISTOS, ante esta Ilma. Audiencia Provincial, en apelación admitida a la parte demandada MAPFRE VIDA representada por el/la Procurador/a Sr/a. Ana Gómez Ibáñez, siendo apelada la demandada Carmela representada por el/la Procurador/a Sr/a. Gerardo Gómez Ibáñez, los Autos de JUICIO ORDINARIO nº 1143/08 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia Nº 2 de los de Albacete, designada Magistrada Ponente la ILMA. SRA. Dª MARÍA DE LOS ANGELES MONTALVÁ SEMPERE y:
ACEPTANDO los antecedentes de la Sentencia apelada, cuya Parte dispositiva dice así: FALLO: "Estimo la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales D. Gerardo Gómez Ibáñez, en nombre y representación de Dª. Carmela, contra Mapfre Vida, y hago los siguientes pronunciamientos:
-
Condeno a la demandada a pagar a la actora 18.263,63 euros en concepto de capital garantizado.
-
Condeno a la demandada al pago de 11.432,24 euros en concepto de capital estimado.
-
Condene a la demandada al pago de los intereses legales de las anteriores cantidades en la forma señalada en el Fundamento de Derecho Cuarto.
-
Condeno a la demandada al pago de las costas procesales".
Por el mencionado Juzgado se dictó Sentencia de fecha 29/9/2009 cuya Parte dispositiva es del tenor ya reflejado.
Sustanciado y seguido el presente Recurso por sus trámites en virtud de apelación interpuesta por la demandada en su escrito interesó la revocación de la Sentencia apelada en los términos indicados con imposición de costas.
Se acordó tener por interpuesto el mismo, con traslado a la contraparte que lo impugna y elevadas las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia, Sec. 2ª, con fecha 10/1/2010 se dicta Providencia acordando incoar Rollo y señalar fecha para Votación y Fallo: 26/4/2010, y con fecha 14/4/2010 se designa Magistrada-Ponente, tras lo cual quedó el Recurso pendiente de su Resolución, respetándose todas las prescripciones legales aplicables al caso.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Albacete se dictó la Sentencia de autos con el Fallo reflejado en anteriores ordinales, desfavorable para la apelante-demandada quien disconforme interpone Recurso, solicitando que se revoque la Sentencia combatida con desestimación de la demanda contra ella formulada.
Y fundamenta su discrepancia, en esencia, alegando que respecto del Fundamento de Derecho 1º, el capital estimado no viene constituído por el importe reclamado por la actora pues toma el mismo de una simulación de fecha anterior a la suscripción de la póliza, resultando que el significado de "estimado" es contrario o diferente a "garantizado", reconociéndose con prueba testifical que el capital estimado no era fijo y por tanto es variable, sin que el capital estimado esté vinculado al resultado de los beneficios empresariales del grupo MAPFRE, aportándose las bases de cálculo : Doc.nº 4 y 5 de la contestación. Total : 868,28 #, siendo éste el capital que debe ser entregado a la actora y no el solicitado.
Sólo se discute por la recurrente la cuantificación del capital estimado por las razones señaladas en el anterior ordinal.
Pues bien, es un hecho cierto y objetivo que entre la actora y la...
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...cantidad que debía abonar por este concepto ni el error de la previsión que se contenía en el documento que facilitó al asegurado. La SAP Albacete 30/4/2010 en supuesto similar, acepta el cálculo de la actora al no considerar valido el llevado a cabo por la aseguradora. El cuadro que obra a......