SAP Palencia 78/2010, 30 de Marzo de 2010
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 78/2010 |
Emisor | Audiencia Provincial de Palencia, seccion 1 (civil y penal) |
Fecha | 30 Marzo 2010 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
PALENCIA
SENTENCIA: 00078/2010
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
PALENCIA
Sección 001
Domicilio : PLAZA DE ABILIO CALDERÓN 1
Telf : 979.167.701
Fax : 979.746.456
Modelo : SEN01
N.I.G.: 34120 37 1 2010 0100078
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000076 /2010
Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de PALENCIA
Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000633 /2008
RECURRENTE : COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 NUM000
Procurador/a : BELEN VIAN HOYOS
Letrado/a : ANGELES GARCIA CORTES
RECURRIDO/A : Rita
Procurador/a : LUIS ANTONIO HERRERO RUIZ
Letrado/a : DIONISIO NEGUERUELA GARCIA
Este Tribunal compuesto por los Sres. Magistrados que se indican al margen, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY La siguiente
SENTENCIA NÚMERO 78/2010
SEÑORES DEL TRIBUNAL
IImo. Sr. Presidente
D. Carlos J. Álvarez Fernández
IImos. Sres. Magistrados
D. Carlos Miguélez del Río
D. Ignacio J. Rafols Pérez
------------------------------------------------------En Palencia a treinta de Marzo de dos mil diez.
Vistos en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial los presentes de Juicio Verbal nº 633/2.008, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Palencia, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en referidos autos el día 15 de abril de 2.009, interpuesto por la Procuradora Sra. Vián Hoyos, en representación de la Comunidad de Propietarios de la Calle DIRECCION000 nº NUM000 de Palencia, siendo parte apelada Rita, representada por el Procurador Sr. Herrero Ruiz, siendo Ponente el Magistrado Carlos Miguélez del Río.
La Sala acepta y de por reproducidos los antecedentes de hechos contenidos en la resolución recurrida.
En autos resulta que por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Palencia se dictó sentencia el día 15 de abril de 2.009, cuya parte dispositiva dice " Que desestimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Sra. Vián Hoyos, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios de la Calle DIRECCION000 nº NUM000, debo absolver y absuelvo a la demandada, Rita, sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes".
Frente a dicha sentencia fue preparado y se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la Procuradora Sra. Vián Hoyos, en representación de la entidad actora Comunidad de Propietarios de la Calla DIRECCION000 nº NUM000 de Palencia.
Admitido a trámite el recurso de apelación interpuesto, se dio traslado a la parte apelada, Rita, quien presentó escrito oponiéndose a lo pedido por la parte apelante.
Remitidos los autos a esta Audiencia Provincial, tuvo lugar la votación y el fallo de la causa en el día señalado en las actuaciones.
En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.
Con la demanda se solicitó por la entidad apelante-demandante, Comunidad de Propietarios de la Calle DIRECCION000 nº NUM000 de Palencia, la condena de la demandada al pago de
1.245,24 euros, en concepto de cuotas comunitarias adeudadas desde el año 2.004 y hasta el año 2.007. La resolución recurrida desestimó la pretensión de la Comunidad actora por considerar que el título constitutivo de la comunidad excluía el pago de ciertos servicios comunes en relación con el local propiedad de la demandada y porque debió de haberse adoptado por la comunidad de propietarios acuerdo expreso en el que se determinase la obligación de la demandada de contribuir al pago de los gastos generales del edificio.
La parte apelante-demandante, Comunidad de Propietarios de la Calle DIRECCION000 de esta ciudad, invocando aplicación incorrecta del derecho utilizado y por considerar que la demandada debe contribuir a los gastos generales de la comunidad de la que forma parte.
Por la parte apelada-demandada, Sra. Rita, se solicita la desestimación del recurso interpuesto y la confirmación de la resolución recurrida.
Planteado así el tema objeto de este recurso de apelación, la polémica suscitada hace referencia al hecho de si la demandada Rita debe o no debe contribuir al pago de los gastos generales de la comunidad de propietarios. Para la resolución de asunto suscitado es preciso partir de los siguientes hechos
: a) que la Sra. Rita es...
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