SAP Lugo 314/2010, 4 de Junio de 2010

PonenteMARIA JOSEFA RUIZ TOVAR
ECLIES:APLU:2010:383
Número de Recurso827/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución314/2010
Fecha de Resolución 4 de Junio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LUGO

SENTENCIA: 00314/2010

SENTENCIA

ILMOS/AS. SRES/AS.:

PRESIDENTE:

D.ª MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR

MAGISTRADOS:

D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ

D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO

Lugo, cuatro de junio de dos mil diez.

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n.º 827/09, dimanante del Juicio Ordinario n.º 270/08 seguido en el

Juzgado de Primera Instancia nº l de Viveiro sobre resolución contrato compraventa y reclamación de cantidad; siendo apelante-apelado D. Vidal, representado/a por el/la procurador/a Sr. Laguela Andrade y asistido/a del letrado/a Sr. Martínez Costales y apelado/a-apelante TEODORO

MOREDA S.L., representado/a por el procurador/a Sr. Vila Varela y asistido/a del letrado Sr. González López; actuando como ponente a la Presidenta, Ilma. Sra.

Dña. MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 5 de junio de 2009, el Juzgado de Primera Instancia, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Estimo parcialmente la demanda interpuesta por D. Vidal representado por el Procurador Sr. Fernández Expósito contra la entidad Teodoro Moreda, S.L.U., representada por la Procuradora Sra Piñón y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 34.985 euros más los intereses legales de dicha cantidad desde el día 30 de octubre del año 2007. Todo ello, sin hacer expresa imposición de costas. Aclarada por auto de fecha 2 de julio de 2009, cuya parte dispositiva dice: Que debo aclarar la sentencia de 5 de junio de 2009 haciendo constar que declaro haber lugar a la resolución del contrato suscrito entre las partes en fecha 22 de diciembre de 2006, manteniendo el resto de los pronunciamientos de la misma".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por ambas partes D. Vidal y Teodoro Moreda S.L., teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los trámites del art. 458 y siguientes de la L.E.C. 1/2000 se elevaron los autos a la Audiencia Provincial para la resolución procedente.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada.

PRIMERO

Fueron dos los recursos de apelación articulados la demandante que solicita la íntegra estimación de la demanda por lo que los intereses a abonar serían desde las respectivas entregas dinerarias y en consecuencia la imposición de costas; y el del demandado entendiendo que el simple retraso en la entrega no podría dar lugar a la resolución sino únicamente a la indemnización de daños y perjuicios.

Pues bien; por razones sistemáticas necesariamente debe entrarse a examinar este último recurso, habiendo tenido ocasión esta sala de deliberar la cuestión objeto de apelación en múltiples ocasiones dado la polémica que generó la suspensión de licencias y paralización de las obras de ejecución, por la Agencia de Protección de la legalidad de l3 de mayo de 2008.

El contrato que nos ocupa preveía la entrega en el mes de octubre de 2007, estando también prevista una prórroga por caso fortuito o fuerza mayor si la promotora se viera imposibilitada de entregar la vivienda en dicha fecha, según la cláusula VII del contrato, por seis meses. Desde...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR