SAP Burgos 358/2010, 30 de Julio de 2010

PonenteMARIA ESTHER VILLIMAR SAN SALVADOR
ECLIES:APBU:2010:1160
Número de Recurso226/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución358/2010
Fecha de Resolución30 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

BURGOS

SENTENCIA: 00358/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

BURGOS

Sección 003

Domicilio : SAN JUAN 2

Telf : 947259950

Fax : 947259952

Modelo : SEN090

N.I.G.: 09059 42 1 2009 0012874

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000226 /2010

Juzgado procedencia : JDO.DE 1A.INSTANCIA N.2 de BURGOS

Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0001903 /2009

RECURRENTE : Juan Enrique

Procurador/a : ANDRES JALON PEREDA

Letrado/a : FELIPE REAL RODRIGALVAREZ

RECURRIDO/A :

Procurador/a : PAULA GIL PERALTA ANTOLIN

Letrado/a : JAVIER GOMEZ IBORRA

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos, constituida unipersonalmente, por la Ilma. Sra. Magistrada, DOÑA MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR, ha dictado la siguiente: S E N T E N C I A Nº 358

En Burgos, a treinta de julio de dos mil diez.

VISTOS, por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos el rollo de Sala núm. 226/2010, dimanante de Juicio Verbal nº 1903/2009, del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Burgos, en recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 24 de marzo de 2010, sobre reclamación de cantidad, en el que han sido partes, en esta instancia, como demandante-apelante, DON Juan Enrique, representado por el Procurador don Andrés Jalón Pereda y defendido por el Letrado don Felipe Real Rodrigálvarez; y, como demandados-apelados, DON Dionisio Y SEGUROS AXA, S.A., representados por la Procuradora doña Paula Gil-Peralta Antolin y defendidos por el Letrado don Javier Gómez Iborra.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. : Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO: " Que debo de desestimar y desestimo la demanda presentada por el procurador Sr. Jalón Pereda, en nombre y representación de Don Juan Enrique, contra don Dionisio y la cía de seguros AXA S.A., y en consecuencia debo de absolver y absuelvo a los expresados demandados de las pretensiones en ella contenidas, con imposición de las costas del presente procedimiento a la parte actora".

  2. : Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación del demandante, se presento escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó, mediante otro escrito, dentro del término que le fue concedido al efecto. Dado traslado a la parte contraria, para que en término de diez días presentase escrito de oposición al recurso o de impugnación de la resolución apelada, presentó escrito de oposición al recurso, que consta unido a las actuaciones, dentro del plazo que le fue concedido, acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. : Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día veintisiete de Julio de dos mil diez, en que tuvo lugar.

  4. : En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por la parte actora se recurre la sentencia de instancia que desestima la demanda en reclamación de los daños causados al vehículo de su propiedad, BMW matricula ....-VNR, al resultar afectado por el incendio que se declaró en el vehículo Renault Clio, propiedad del demandado que se encontraba estacionado junto al del actor.

La sentencia de instancia desestima la demanda porque ejercitándose en la demanda la acción de responsabilidad extracontractual del artículo 1902 del C.civil que consagra el principio de responsabilidad por culpa incumbía al actor la carga de la prueba,...

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