SAP Zaragoza 379/2010, 15 de Junio de 2010

PonenteFRANCISCO ACIN GAROS
ECLIES:APZ:2010:1035
Número de Recurso14/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución379/2010
Fecha de Resolución15 de Junio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00379/2010

SENTENCIA NÚMERO: 379/2010

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. FRANCISCO ACIN GARÓS

Magistrados:

Dª MARIA ELIA MATA ALBERT

D. JOSE ALBERTO NICOLAS BERNAD

En ZARAGOZA, a quince de junio de dos mil diez.

Visto por la Sección Segunda de ésta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 18, de los de Zaragoza, en el juicio ordinario 397/09, de los que dimana en el presente ROLLO DE APELACION NUMERO 14/10, sobre reclamación de cantidad, en el que es apelante Dª Adelina, representada por la Procuradora Dª Maria Luisa Hueto Sáenz y asistida por el Letrado D. José Manuel Martínez Martínez, y apeladas "MAPFRE S.A." y "DAGESA S.A.", representadas por el Procurador D. Luis Gallego Coiduras y asistidas por el Letrado D. Jesús Bureta Pamplona, y

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los que figuran en la sentencia apelada, y

PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado- Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 18, de los de Zaragoza, se dictó el 25 septiembre 2009 sentencia que contiene el siguiente fallo:

"1º.- Absuelvo a "Dagesa S.A." y "Mapfre S.A." de las pretensiones contenidas en la demanda.

  1. - Condeno a Dª Adelina a abonar las costas procesales causadas".

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada presentó escrito de preparación y, dentro del termino del emplazamiento, escrito de interposición del recurso de apelación, del que se dio traslado a las partes personadas, presentando la actora entro del término de emplazamiento escritos de oposición. Seguidamente se remitieron los autos a esta Sala para la resolución de la apelación.

TERCERO

Remitidos los autos a esta Sala, no aportados nuevos documentos ni propuesto prueba, ni considerado necesaria la celebración de vista, se señaló para la deliberación y votación el día 8 junio 2010.

CUARTO

En la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don FRANCISCO ACIN GARÓS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Para la imputación de la responsabilidad, cualquiera que sea el criterio que se utilice, subjetivo u objetivo, es requisito indispensable la determinación del nexo causal entre la conducta del agente y la producción del daño, el cual ha de basarse en una certeza probatoria que no puede quedar desvirtuada por una posible aplicación de la teoría del riesgo, la objetivación de la responsabilidad o la inversión de la carga de la prueba, siendo el actor quien debe acreditar la realidad del hecho imputable al demandado del que se hace surgir la obligación de reparar el daño causado (STS 19-2-2009 ).

SEGUNDO

En el caso, la actora...

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