SAP Murcia 504/2010, 6 de Octubre de 2010

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2010:2227
Número de Recurso93/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución504/2010
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00504/2010

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000093 /2010

J. Totana nº Dos

  1. T.C. por Indebidas 478/2008

S E N T E N C I A nº 504/2010

Ilmos Sres.

D. Fernando López del Amo González

Presidente

Dª. María Pilar Alonso Saura

D. Cayetano Blasco Ramón

Magistrados

En Murcia, a seis de octubre de dos mil diez.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Incidente de impugnación de costas por Indebidas derivado de la ejecución nº 232/2007, que en Primera Instancia se han seguido en el Juzgado civil de Totana nº Dos entre las partes: como impugnante Juan Carlos, representada por el Procurador Sr/a. Gallego Iglesias, y como impugnada Sagrario, representado por el Procurador Sr/a. Jiménez-Cervantes Nicolás.

En esta alzada actúa como apelante Sagrario, personada a través del Procurador Sr/a. Jiménez-Cervantes Nicolás, y como apelada Juan Carlos, no personada. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 25 de septiembre de 2009 dictó auto resolviendo la impugnación de costas por indebidas rechazando que el Sr. Juan Carlos estuviera obligado a abonar ninguna de las partidas integradas en la tasación de costas practicada por la Sra. Secretaria con fecha 21 de febrero de 2008.

SEGUNDO

Contra la anterior resolución en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por Sagrario, del que se dio traslado a la otra parte que impugnó el mismo, siendo elevados a esta Sala donde se formó el presente Rollo nº 93/2010, señalándose el día 6 de octubre de 2010 para deliberación y fallo.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

Dictada resolución con fecha 25 de septiembre de 2009 estimando el incidente de impugnación de costas por indebidas, Sagrario pretende que se acepte la liquidación practicada por la Secretaria con fecha 21 de febrero de 2008 con motivo de la ejecución de la sentencia promovida con el nº 232/2007, lo que es rechazado por el Sr. Juan Carlos .

SEGUNDO

Esta Sala comparte la decisión del Juez de estimar la impugnación de la tasación de costas...

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