SAP Murcia 516/2010, 13 de Octubre de 2010
Ponente | FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ |
ECLI | ES:APMU:2010:2241 |
Número de Recurso | 23/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 516/2010 |
Fecha de Resolución | 13 de Octubre de 2010 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00516/2010
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000023 /2010
J. Murcia nº Ocho
Ordinario 571/2008
S E N T E N C I A nº 516/2010
Ilmos Sres.
D. Fernando López del Amo González
Presidente
Dª. María Pilar Alonso Saura
D. Cayetano Blasco Ramón
Magistrados
En Murcia, a trece de octubre de dos mil diez.
Habiendo visto en grado de apelación la SECCION PRIMERA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 571/2008, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Murcia nº Ocho, entre las partes: como actora Teodora y Juan Antonio, representada por el Procurador Sr/a. Bañón Arias y defendida por el Letrado Sr/a. de la Peña Abellán, y como demandadas Construcciones y Promociones Manuel Lucas, S.L. y Compañía de Seguros Asefa, representada por el Procurador Sr/a. Belda González y defendida por el Letrado Sr/a. García Sánchez.
En esta alzada actúa como apelante Construcciones y Promociones Manuel Lucas, S.L., personándose por el Procurador Sr/a. Belda González, y como apelada e impugnantes Teodora y Juan Antonio, personándose por el Procurador Sr/a. Bañón Arias. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de Instancia citado, con fecha 23 de junio de 2009 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así:" FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por la
Procuradora Dª. Prudencia Bañón Arias, en nombre y representación de Dª. Teodora y D. Juan Antonio, contra "Construcciones y Promociones Manuel Lucas, S.L." y la compañía de seguros "Asefa,
S.A", representadas por la Procuradora Dª. María Belda González, debo condenar y condeno a "Construcciones y Promociones Manuel Lucas, S.L." y a la compañía de seguros "Asefa, S.A." a abonar solidariamente a los actores la cantidad de siete mil doscientos euros (7.200 #), y a "Construcciones y Promociones Manuel Lucas, S.L." a pagar a los actores la cantidad de dos mil cien euros (2.100 #), más los interese en los términos expuestos en el quinto fundamento de derecho de esta resolución, con imposición de costas procesales a las partes demandadas".
Contra la anterior sentencia en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por Construcciones y Promociones Manuel Lucas, S.L. basándolo en síntesis en que se desestimara la demanda.
Admitido a trámite el recurso se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, impugnando a su vez la sentencia en el particular de la fecha de inicio del devengo de los intereses impuestos a Asefa, dado el traslado al Procurador de la demandada, nada se alegó.
Por el Juzgado se remitieron los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo 23/2010 por la Sección Primera; por medio del correspondiente proveído se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose para la celebración de la deliberación y fallo el día 13 de octubre de 2.010.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Teodora y Juan Antonio formularon demanda contra Construcciones y Promociones Manuel Lucas, S.L., promotora del edificio colindante origen de los daños causados en la vivienda de los actores, y contra la Compañía de Seguros Asefa, aseguradora de la promotora.
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