AAP Granada 95/2009, 13 de Febrero de 2009
Ponente | MARIA AURORA GONZALEZ NIÑO |
ECLI | ES:APGR:2009:143A |
Número de Recurso | 50/2009 |
Número de Resolución | 95/2009 |
Fecha de Resolución | 13 de Febrero de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA.
Sección Segunda.
Rollo de apelación de auto núm. 50/2009.
Causa: Ejecutoria núm. 462/2008 del
Juzgado de lo Penal núm. 4 de Granada.
Ponente: Sra. Aurora González Niño.
A U T O NÚM. 95/2009
Ilmos. Sres.:
José Juan Sáenz Soubrier
Dª Aurora González Niño
D. Juan Carlos Cuenca Sánchez
En la ciudad de Granada, a trece de febrero de dos mil nueve, la Sección Segunda de esta Ilma. Audiencia Provincial, formada
por los Sres. Magistrados al margen relacionados, ha conocido del recurso de apelación a que ahora se hará referencia, y pasa a dictar respecto del mismo la presente resolución.
El Juzgado de lo Penal núm. 4 de Granada, en la Ejecutoria de referencia seguida, entre otros, contra el penado Nicanor, tras denegarle la suspensión de la ejecución de la pena de prisión impuesta, con fecha 14 de noviembre de 2008 dictó auto desestimando su petición de sustitución
Contra dicho auto la representación procesal del penado interpuso recurso de reforma y subsidiario de apelación en el cual, tras exponer los motivos que estimaba oportunos, terminaba con el suplico de que se revocara el auto recurrido y en su lugar se acordara la sustitución de la pena de prisión por multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
Admitido a trámite el recurso de reforma e impugnado por el Ministerio Fiscal, fue desestimado por auto de fecha 5 de diciembre de 2008 que, al mismo tiempo, admitió a trámite el de apelación subsidiariamente deducido, y evacuados los correspondientes traslados, la parte apelante se reafirmó en su pretensión.
Remitidos los particulares de la Causa necesarios para la sustanciación de la apelación interpuesta, cuyo conocimiento por turno de reparto ha correspondido a la Sección Segunda, han quedado los autos para resolver, siendo ponente la Magistrada Dª Aurora González Niño.
La resolución apelada ha denegado al penado la sustitución de penas propuesta, sin detenerse en otras consideraciones, en el obstáculo que representa la suma de los antecedentes penales que acumula el Sr. Nicanor que, de acuerdo con su criterio, permiten considerarle reo habitual conforme al art. 94 del Código Penal y, por tanto, inhábil para aspirar al beneficio de la sustitución de acuerdo con el art. 88 del mismo texto legal. Para ello, la Juez a quo ha tomado en consideración las cuatro condenas firmes que pesan sobre el penado: una por delito de hurto cometido el día 14 de enero de 2004, otra por delito de robo cometido el 2 de junio de 2004, otra por delito de robo cometido el 9 de febrero de 2005, y la última (la juzgada en la Causa de cuya ejecutoria se...
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