AAP Madrid 74/2009, 27 de Febrero de 2009
Ponente | JOSE ANGEL CHAMORRO VALDES |
ECLI | ES:APM:2009:2898A |
Número de Recurso | 434/2007 |
Número de Resolución | 74/2009 |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 22ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 22
MADRID
AUTO: 00074/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 22
18020
C/ FRANCISCO GERVAS N: 10 (PLANTA 12*)
Tfno.: 914936204-05-06-07- Fax: 914936210
N.I.G. 28000 1 7031275 /2007
Rollo: RECURSO DE APELACION 434 /2007
Proc. Origen: EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 1079 /2005
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 29 de MADRID
Ponente:
Demandado/Apelante: Graciela
Procurador: JOSE ANGEL DONAIRE GOMEZ
Demandante/Apelado: Bernabe
Procurador: MARIA ISABEL CAMPILLO GARCIA
HAHUHTHO HNHº
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández
Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres
Ilmo. Sr. D. José Angel Chamorro Valdes
En Madrid, a veintisiete de Febrero de dos mil nueve. La Sección Vigésimo segunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos de ejecución título judicial seguidos, bajo el nº 1079/05, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 29 de los de Madrid, entre partes:
De una parte como apelante Doña Graciela representado por el procurador Don José Ángel Donaire Gómez.
De otra como apelado Don Bernabe representada por la procuradora Doña María Isabel Campillo García.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don José Angel Chamorro Valdes.
La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
Con fecha 21 de septiembre de 2006 por el Juzgado de Primera Instancia nº 29 de Madrid se dictó Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "DESESTIMAR la demanda de oposición a la ejecución interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Jose Ángel Donaire González, en representación de la parte ejecutada, Dª. Graciela, mandando seguir la ejecución despachada por Decreto de once de noviembre de dos mil cinco, aclarado por Decreto de 30 de ese mismo mes y año, a instancias de D. Bernabe, representado por el Procurador de los Tribunales Dª. Isabel Campillo García, por la cantidad de OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO CONT REINTA Y SEIS EUROS ( 8.451,36 euros) de principal más 2.534 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.
Dése el destino oportuno a la consignación efectuada por la parte ejecutada.
Se imponen las costas de la oposición a la parte ejecutada.
Lo resuelve y firma la JUEZ, Sra. Dña. María Teresa Villagarcía Sancho, doy fé."
Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación legal de Doña Graciela presentado en el escrito de alegaciones los motivos de su impugnación.
Se dio traslado del mismo a la otra parte que presentó escrito oponiéndose.
Remitiendo los autos a esta Superioridad se acordó señalar deliberación, votación y fallo para el día 5 de Junio de 2008.
Que en la tramitación de este recurso se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo plazo para dictar resolución.
La dirección letrada de Doña Graciela se alzó contra la resolución de instancia reclamando la revocación y la estimación integra de la oposición a la ejecución solicitada de contrario con los siguientes pronunciamientos: A) se deje sin efecto el auto despachando ejecución, con expresa condena a la parte contraria al pago de las costas causadas en ambas instancias si se opusiere al Recurso. B) SUBSIDIARIAMENTE, con estimación de los motivos segundo y tercero, se ACUERDE despachar ejecución en cuanto a la cantidad de 3.955,67Ñ, recibidos en exceso por Doña Graciela, y habida cuenta de que se consignaron en su día se haga entrega de los mismos a la parte contraria, en el caso de no haberse verificado con anterioridad, todo ello sin expresa condena en costas a la primera instancia, y con expresa condena a la parte contraria al pago de las costas de esta apelación si se opusiere a ello.
Mientras que la dirección...
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AAP Valencia 238/2011, 13 de Junio de 2011
...al auto de fecha 9-3-2009, al no hallarse dichas medidas recogidas en dicha resolución". En el mismo sentido puede citarse el auto AP Madrid de 27.2.09, nº rec 434/07 en el que se indica: "La parte apelante esgrime en apoyo de su pretensión revocatoria que el auto de 29 de Diciembre de 2004......