AAP Las Palmas 193/2009, 11 de Septiembre de 2009

PonenteEMMA GALCERAN SOLSONA
ECLIES:APGC:2009:2102A
Número de Recurso736/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución193/2009
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª

AUTO

Iltmos. Sres.

Presidente:

D./Dª. Victor Caba Villarejo

Magistrados:

D./Dª. Emma Galcerán Solsona (Ponente)

D./Dª. María Elena Corral Losada

En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de septiembre de 2009 .

SENTENCIA APELADA DE FECHA: 18 de abril de 2008

APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D./Dña. Leopoldo y Alejandra

VISTO, ante la AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN CUARTA, el recurso de apelación admitido a la parte demandada, en los reseñados autos, contra el auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia de fecha 18 de abril de 2008, seguidos a instancia de Herederos de Don Moises, parte apelante en esta segunda instancia, representado por el Procurador D./Dña. Petra Ramos Pérez y dirigido por el Letrado

D./Dña. Clara Eugenia Ramírez Déniz, contra D. Leopoldo y Dña. Alejandra, para apelada en esta segunda instancia, representados por el Procurador D./Dña. José Luis Ojeda Delgado y dirigidos por el Letrado

D./Dña. Antonio J. Rodriguez Bautista.

HECHOS
PRIMERO

Por el Sr. Magistrado-Juez del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de TELDE, se dictó Auto en el referido procedimiento cuya parte dispositiva, copiada literalmente dice así:

ACUERDO: DESESTIMAR la oposición a la ejecución formulada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Sandra Cárdenes Hormiga, en la representación ya conferida, declarando seguir adelante la ejecución acordada.

Contra la presente resolución cabe recurso de Apelación que, en su caso, deberá prepararse ante este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma Dña. Nuria Raquel Arencibia Rodríguez, MAGISTRADO-JUEZ del Juzgado de Instrucción nº 5 de Telde y su Partido. Doy fe.

SEGUNDO

El relacionado Auto que lleva fecha 18 de abril de 2008, se recurrió en apelación por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personó dentro del término del emplazamiento y en legal forma la parte apelante, seguidos los demás trámites, se señaló día para estudio, votación y fallo en esta alzada que tuvo lugar el pasado día 16 de julio de 2009.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se ha observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Iltmo. Sr./a D./Dña. Emma Galcerán Solsona .

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Es objeto de apelación el Auto que desestimó la oposición a la ejecución, formulada por el ejecutado, acordando seguir adelante la ejecución despachada.

SEGUNDO

Se presentó demanda de procedimiento de ejecución de título no judicial, consistente en primera copia de una escritura pública de reconocimiento de deuda e hipoteca, de fecha 17 de mayo de 2006, otorgada ante el Notario D. José Luis Zaragoza Tafalla, con el número 1.873 de su protocolo, todo ello al amparo de lo dispuesto en el art. 517-2-4º de la LEC, a cuyo tenor, "sólo tendrán aparejada ejecución los siguientes títulos: (...) 4º) Las escrituras públicas, con tal que sea primera copia; o si es segunda que esté dada en virtud...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • AAP Almería 62/2011, 27 de Junio de 2011
    • España
    • 27 Junio 2011
    ...y deudores por deudas vencidas, liquidas y exigibles, según requisito exigido ( SAP Castellón de 1 septiembre 2003 y AAP Las Palmas de 11 septiembre 2009).El artículo 557.2 LEC habla de compensación de crédito líquido que resulte de documento que tenga fuerza ejecutiva, lo que no consta, ni......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR