AAP Las Palmas 193/2009, 11 de Septiembre de 2009
Ponente | EMMA GALCERAN SOLSONA |
ECLI | ES:APGC:2009:2102A |
Número de Recurso | 736/2008 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 193/2009 |
Fecha de Resolución | 11 de Septiembre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª |
AUTO
Iltmos. Sres.
Presidente:
D./Dª. Victor Caba Villarejo
Magistrados:
D./Dª. Emma Galcerán Solsona (Ponente)
D./Dª. María Elena Corral Losada
En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de septiembre de 2009 .
SENTENCIA APELADA DE FECHA: 18 de abril de 2008
APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D./Dña. Leopoldo y Alejandra
VISTO, ante la AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN CUARTA, el recurso de apelación admitido a la parte demandada, en los reseñados autos, contra el auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia de fecha 18 de abril de 2008, seguidos a instancia de Herederos de Don Moises, parte apelante en esta segunda instancia, representado por el Procurador D./Dña. Petra Ramos Pérez y dirigido por el Letrado
D./Dña. Clara Eugenia Ramírez Déniz, contra D. Leopoldo y Dña. Alejandra, para apelada en esta segunda instancia, representados por el Procurador D./Dña. José Luis Ojeda Delgado y dirigidos por el Letrado
D./Dña. Antonio J. Rodriguez Bautista.
Por el Sr. Magistrado-Juez del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de TELDE, se dictó Auto en el referido procedimiento cuya parte dispositiva, copiada literalmente dice así:
ACUERDO: DESESTIMAR la oposición a la ejecución formulada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Sandra Cárdenes Hormiga, en la representación ya conferida, declarando seguir adelante la ejecución acordada.
Contra la presente resolución cabe recurso de Apelación que, en su caso, deberá prepararse ante este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.
Así lo acuerda, manda y firma Dña. Nuria Raquel Arencibia Rodríguez, MAGISTRADO-JUEZ del Juzgado de Instrucción nº 5 de Telde y su Partido. Doy fe.
El relacionado Auto que lleva fecha 18 de abril de 2008, se recurrió en apelación por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personó dentro del término del emplazamiento y en legal forma la parte apelante, seguidos los demás trámites, se señaló día para estudio, votación y fallo en esta alzada que tuvo lugar el pasado día 16 de julio de 2009.
En la tramitación del presente recurso se ha observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Iltmo. Sr./a D./Dña. Emma Galcerán Solsona .
Es objeto de apelación el Auto que desestimó la oposición a la ejecución, formulada por el ejecutado, acordando seguir adelante la ejecución despachada.
Se presentó demanda de procedimiento de ejecución de título no judicial, consistente en primera copia de una escritura pública de reconocimiento de deuda e hipoteca, de fecha 17 de mayo de 2006, otorgada ante el Notario D. José Luis Zaragoza Tafalla, con el número 1.873 de su protocolo, todo ello al amparo de lo dispuesto en el art. 517-2-4º de la LEC, a cuyo tenor, "sólo tendrán aparejada ejecución los siguientes títulos: (...) 4º) Las escrituras públicas, con tal que sea primera copia; o si es segunda que esté dada en virtud...
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