AAP Baleares 138/2009, 21 de Julio de 2009

PonenteCARLOS GOMEZ MARTINEZ
ECLIES:APIB:2009:174A
Número de Recurso321/2009
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución138/2009
Fecha de Resolución21 de Julio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

PALMA DE MALLORCA

AUTO: 00138/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PALMA DE MALLORCA

Sección 003

45350

Tfno.: Fax:

N.I.G. 07040 38 1 2009 0000995

Rollo: RECURSO DE APELACION 0000321 /2009

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001020 /2007

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de PALMA DE MALLORCA

A U T O NUM. 138

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE:

DON CARLOS GOMEZ MARTINEZ

MAGISTRADOS:

DON GUILLERMO ROSSELLÓ LLANERAS

DOÑA CATALINA MORAGUES VIDAL

En PALMA DE MALLORCA, a veintiuno de Julio de dos mil nueve.

VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio Ordinario, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Palma, bajo el número 1020/07, Rollo de Sala núm. 321/09, entre partes, de una como actor-apelante don Carlos Alberto, representado por el Procurador D. Carlos Ginard como y asistido por la Letrada Dª Barbará Roman, y de otra como demandada-apelada doña Natividad, representado por el Procurador don Santiago Barber Cardona, y dirigida por el Letrado don Jaime Taurina y de otra, como demandada-apelada doña María Dolores, declarada en rebeldía.

ES PONENTE el Ilmo Sr. Presidente don CARLOS GOMEZ MARTINEZ.

HECHOS
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Palma se dictó resolución en fecha 2 de marzo de 2009 en los referidos autos, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimando totalmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Ginard, en nombre y representación de D. Carlos Alberto, contra Dª Natividad y contra Dª María Dolores declarada en rebeldía; absuelvo a las demandadas de las pretensiones ejercitadas en su contra.==Se condena expresamente en costas a la parte actora.

SEGUNDO

Contra la expresada resolución, y por la representación de la parte se interpuso recurso de apelación, que fue admitido y mejorado en tiempo y forma, y seguido el recurso por sus trámites, se señaló día para la vista de alzada, que tuvo lugar el día con asistencia de los Letrados y Procuradores de las partes personadas, quienes hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron convenientes, en apoyo de sus respectivas pretensiones, quedando el presente recurso visto para resolución.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

Se aceptan los de la resolución dictada en anterior grado jurisdiccional mientras no se opongan a los que siguen.

PRIMERO

En el escrito que dio origen al presente procedimiento de tercería de dominio se alega que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 912/2006, del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Palma de Mallorca se embargó la cuenta corriente de la ejecutada doña María Dolores de la que era titular en "La Caixa", en la que, en ese momento, se hallaban 50.000 euros propiedad del tercerista don Carlos Alberto .

Según la demanda dicha cantidad provenía del precio de la mitad de un coche marca Bentley, modelo Azure Classsic, que el Sr. Carlos Alberto había vendido a doña Noelia y que ésta, por error, había trasferido a la cuenta de la Sra. María Dolores en lugar de a la del vendedor, Sr. Carlos Alberto .

El auto de primera instancia desestima la demanda de tercería por entender la jueza "a quo" que no habían quedado probados los hechos constitutivos de la demanda, esto es, la compraventa de la mitad del vehículo, ni tampoco el error en que supuestamente habría incurrido la compradora.

Dicha resolución constituye el objeto de la presente alzada al haber sido apelada por la parte demandada cuya dirección letrada, en el escrito interponiendo el recurso, alega como motivos en los que funda éste, en síntesis, los siguientes:

  1. La compraventa de la mitad del vehículo queda demostrada mediante testifical de la Sra. Noelia y la documental que se propone para su práctica en esta alzada.

  2. La empleada del banco manifestó que la trasferencia se hizo a la cuenta de la Sra. María Dolores a pesar de que en un correo electrónico anterior se indicaba que el destinatario del dinero era el Sr. Carlos Alberto .

SEGUNDO

Los hechos constitutivos de la pretensión actora son, por un lado, que parte del dinero embargado procedía de la compraventa de la mitad de un coche vendido por el Sr. Carlos Alberto a la Sra. Noelia y, por otro lado, que se ordenó la trasferencia de dicha parte del precio a la cuenta de la Sra. María Dolores por error. Pues bien, entiende la Sala que, tal como concluyó la jueza "a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • SAP Jaén 84/2010, 16 de Abril de 2010
    • España
    • April 16, 2010
    ...). Dicha doctrina ha sido recogida de manera pacífica por la jurisprudencia menor, pudiéndose citar entre las más recientes, las AAP Baleares de 21-07-2009, SAP Madrid 9-07-2009, SAP Jaén 30-06-2009, SAP Lleida de 12-06-2009, SAP Alicante de 5-06-2009, SAP Málaga de 21 y 8-5-2009, SAP La Co......
  • SAP Soria 143/2010, 5 de Noviembre de 2010
    • España
    • November 5, 2010
    ...por la propia Dª Sara, y no por el demandante. TERCERO Además de lo dicho convendría tener en cuenta el contenido del AAP de Baleares de 21 de julio de 2009, en un caso que guarda cierta concomitancia con el presente. Donde se viene a entender, al hilo argumental de lo dicho en el fundament......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR