AAP Madrid 274/2009, 16 de Noviembre de 2009

PonenteROSA MARIA CARRASCO LOPEZ
ECLIES:APM:2009:16261A
Número de Recurso576/2007
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución274/2009
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 21

MADRID

AUTO: 00274/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 21

8260K

C/ FERRAZ, 41

Tfno.: 914933872-73-06-07 Fax: 914933874

N.I.G. 28000 1 7035539 /2007

Rollo: RECURSO DE APELACION 576 /2007

Proc. Origen: EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 264 /2006

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de COLMENAR VIEJO

De: Hugo, Marcial

Procurador: RICARDO LUDOVICO MORENO MARTIN, RICARDO LUDOVICO MORENO MARTIN Contra: VILLA DE NAVACERRADA S.L.

Procurador: VICTOR ENRIQUE MARDOMINGO HERRERO

A U T O

TRIBUNAL QUE LO DICTA:

ILMO SR PRESIDENTE:

D/Dª GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL

MAGISTRADO:

D/Dª ROSA MARÍA CARRASCO LOPEZ RAMON BELO GONZALEZ

LUGAR: MADRID

FECHA: dieciséis de noviembre de dos mil nueve HECHOS

ÚNICO.- El presente recurso de apelación, que se encuentra pendiente de resolución, ha sido interpuesto por el Procurador Sr/a. MORENO MARTÍN-RICO, en nombre y representación de Hugo y de Marcial, figurando como parte apelada VILLA DE NAVACERRADA S.L., sobre OTRAS MATERIAS, habiendo presentado la única parte apelante escrito desistiendo del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Establece el artículo 450.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn ), que todo recurrente podrá desistir del recurso antes de que sobre él recaiga resolución, que es lo que ha sucedido en el presente caso, por lo que procede dictar auto teniéndole por desistido del recurso, declarando firme la resolución recurrida.

SEGUNDO

El artículo 398 de la LECn establece que cuando sean desestimadas todas las pretensiones de un recurso de apelación, se aplicará, en cuanto a las costas del recurso, lo dispuesto en el artículo 394 de la LECn, razón por la cual procede su imposición a la parte apelante. PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

SE TIENE POR DESISTIDO a D/Dª Hugo, representado por el Procurador Sr/a. MORENO MARTÍN del recurso de apelación interpuesto contra el/la auto de fecha 19 de octubre de 2006, dictado por el Juzgado de 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 2 de COLMENAR VIEJO en los autos reseñados, el/la cual se declara firme, con expresa imposición de las costas causadas.

Insértese el original en el libro de resoluciones definitivas y únase al rollo testimonio del presente auto. Comuníquese al Juez inferior con devolución de los autos en su caso y archívese el rollo.

Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso...

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