SAP Ciudad Real 279/2010, 14 de Octubre de 2010

PonenteMARIA PILAR ASTRAY CHACON
ECLIES:APCR:2010:870
Número de Recurso1151/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución279/2010
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CIUDAD REAL

SENTENCIA: 00279/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

CIUDAD REAL

Sección 1ª

Rollo de Apelación Civil:1151/2010

Autos: de PROCEDIMIENTO ORDINARIO nº 421/2009

Juzgado: de Primera Instancia nº 1 de ALMAGRO

SENTENCIA Nº 279

Iltmos. Sres.

Presidenta: Dª MARIA JESUS ALARCON BARCOS

Magistrados:

Dª María del Pilar Astray Chacón

D. Alfonso Moreno Cardoso.-CIUDAD REAL, a Catorce de Octubre de Dos Mil Diez.-VISTO en grado de apelación ante esta Sección 1ª, de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 421/2009, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de ALMAGRO, a los que ha

correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 1151/2010, en los que aparece como parte apelante, D. Marcelino y Dª Lourdes, representados por la Procuradora de los tribunales, Sra.

CLAUDIA MARIA SANCHEZ MIGALLON DE ANDRES, y asistidos por la Letrada Dª MARIA DEL PRADO GUZMAN LOPEZ, y como parte apelada, Plácido, representado por la Procuradora de los tribunales, Sra. MARIA ASUNCION

HOLGADO PEREZ, y asistido por el Letrado D. AMADOR BLAZQUEZ SECO DE HERRERA, y " CONSTRUCCIONES VIRGEN

DEL MONTE, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. MARIA ASUNCION HOLGADO PEREZ y asistida por el

Letrado D. DAVID MUÑOZ BELMONTE, sobre, Reclamación de Cantidad, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Dª María del Pilar Astray Chacón.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de ALMAGRO, se dictó sentencia en los referidos autos, de fecha cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: " Que estimando la excepción de prescripción debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la Procuradora Dª Claudia Sánchez Migallón de Andrés, en representación de D. Marcelino Y Dª Lourdes, contra D. Plácido Y contra la mercantil CONSTRUCCIONES VIRGEN DEL MONTE, S.L., representados por la Procurador Dª Asunción Holgado Pérez, debo absolver y absuelvo a los demandados en la instancia, con imposición a los demandantes de las costas procesales causadas.

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes, se interpuesto contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma por la parte Demandantes, admitiéndose el recurso y dándole el trámite correspondiente, las partes hicieron las alegaciones que estimaron conveniente en apoyo de sus respectivos intereses, elevándose los autos a la Audiencia y correspondiendo a esta Sección por turno de reparto, se formó el correspondiente rollo y se turnó Ponencia, señalándose día para la votación y fallo del recurso.

TERCERO

En la tramitación de esta apelación se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demanda formulada por los promotores particulares contra la constructora y dirección facultativa de la obra ejecutada por vicios y defectos constructivos, fue desestimada en la Instancia, apreciación prescripción de la acción, y razonando en síntesis, para fundamentar dicha Resolución, el transcurso del plazo de garantía, al tratarse de defectos que afectan a la habitabilidad, y en segundo lugar, y en todo caso, el transcurso del plazo de prescripción de dos años establecido en el Art. 18 de la LOE, de dos años computados desde la manifestación de los defectos, al fundarse la demanda en vicios manifestados según informe de fecha veintiocho de julio de dos mil cinco y la demanda fue interpuesta el veintitrés de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR