SAP Baleares 363/2010, 18 de Octubre de 2010

PonenteMIGUEL JUAN CABRER BARBOSA
ECLIES:APIB:2010:1967
Número de Recurso372/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución363/2010
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00363/2010

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000372 /2010

SENTENCIA Nº 363

Ilmo. Sr. Presidente:

D. MIGUEL CABRER BARBOSA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. SANTIAGO OLIVER BARCELÓ

Dª. COVADONGA SOLA RUIZ

En PALMA DE MALLORCA, a dieciocho de Octubre de dos mil diez.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Quinta, de la Audiencia Provincial de PALMA DE MALLORCA, los Autos de INCIDENTES 1045/2009, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

N. 10 de PALMA DE MALLORCA, a los que ha correspondido el Rollo de Sala RECURSO DE APELACION (LECN) 372/2010, en los que aparece como parte demandante apelante D. Mariano, representado por el Procurador de los tribunales D. JUAN MIGUEL PERELLÓ OLIVER y asistido por la Letrada D. SUSANA SERRA PASCUAL, y como parte demandada apelada D. Simón, representado por la Procuradora de los tribunales Dª. BEGOÑA MUÑOZ VIVANCOS y asistido por el Letrado D. JOSÉ IGNACIO ALCOCEBA GARCÍA.

ES PONENTE el Ilmo. Sr. D. MIGUEL CABRER BARBOSA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

N. 10 de PALMA DE MALLORCA, por el mismo se dictó sentencia con fecha 25 de febrero del corriente año, cuya parte dispositiva dice: "Desestimar totalmente el Incidente de Impugnación de Tasación de Costas por Inclusión de Partidas Indebidas, seguidos a instancia de la parte ejecutada, D. Mariano, representado por el Procurador D. Juan Miguel Perelló Oliver, contra la parte ejecutante, D. Simón, representado por la Procuradora Dª. Begoña Muñoz Vivancos, manteniendo la Tasación de Costas practicada en Autos por la Sra. Secretaria el día 26 de septiembre de 2008, con imposición de costas a la parte impugnante.".

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y por la representación de la parte demandante, se interpuso recurso de apelación y seguido el recurso por sus trámites se celebró deliberación y votación en fecha 13 de octubre del corriente año, quedando el recurso concluido para Sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

D. Simón interpuso en su día demanda contra D. Mariano ejercitando una actio común dividundo; se dio a la demanda el trámite del Procedimiento Ordinario, en el cual el demandado interpuso reconvención. Se celebró Audiencia Previa, Acto de juicio, se practicó prueba, y, en definitiva, se dictó sentencia estimando la demanda, desestimando la reconvención, e imponiendo las costas al demandado.

D. Simón presentó escrito solicitando se procediera por el juzgado a la correspondiente tasación de costas, a cuyos efectos aportó minuta de Honorarios de Letrado y de derechos de Procurador.

Se practicó tasación de costas por el Secretario Judicial y D. Mariano la impugnó suplicando:... (se) dicte resolución en la que, estimando la impugnación, se declaren excesivos y/o indebidos la tasación de honorarios realizada, .......

El trámite por excesivos siguió su curso, haciendo lo propio el relativo a indebidos, incluyendo dicha tramitación la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • AAP Baleares 210/2021, 23 de Noviembre de 2021
    • España
    • Audiencia Provincial de Baleares, seccion 3 (civil)
    • 23 Noviembre 2021
    ...de abogado serán excluidos de la tasación de costas por indebidos, remitiéndose al art. 243.2 LEC y a la sentencia de la Audiencia Provincial de Baleares de 18-10-2010, exponiendo "Como dice la SAP Islas Baleares de 18 de octubre de 2010 (JUR 2010/411671), la jurisprudencia del Tribunal Sup......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR