AAP Zamora 75/2009, 13 de Octubre de 2009
Ponente | MARIA ESTHER GONZALEZ GONZALEZ |
ECLI | ES:APZA:2009:202A |
Número de Recurso | 204/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 75/2009 |
Fecha de Resolución | 13 de Octubre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zamora, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
Z A M O R A
A U T O Nº 75
Iltmos/as. Sres/as.:
Presidente D/ña. LUIS BRUALLA SANTOS FUNCIA
Magistrado D/ña. ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Magistrado D/ña. ANDRÉS MANUEL ENCINAS BERNARDO
---------------------------------------------------------En ZAMORA, a 13 de octubre de 2009 .
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de ZAMORA, los Autos de MONITORIO 0000683 /2008, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.4 de ZAMORA, a los que ha correspondido el Rollo 204 /2009, en los que aparece como parte apelante COMUNIDAD DE PROPIETARIOS AVENIDA000 Nº NUM000, y como apelado LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN -SERVICIO TERRITORIAL DE FOMENTO-, sobre determinación de la jurisdicción para conocer la demanda interpuesta, y siendo Magistrado/s Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. Dª ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ.
Por el Juzgado de 1ª. Instancia de Zamora nº 4, se dictó auto con fecha 16 de diciembre de 2008 en el procedimiento de Monitorio, nº.683/08, y en el que se acordaba: PARTE DISPOSITIVA: Se declara la falta de jurisdicción de este Juzgado para conocer de la demanda de Procedimiento Monitorio presentada por Doña María Luisa García García, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de la AVENIDA000, nº NUM000 por tal 8 de Zamora se presentó demanda de procedimiento Monitorio contra la Junta de Castilla y león -Servicio Territorial de Fomento, en reclamación de 521,52 euros, por corresponder su conocimiento a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa."
Por la representación procesal de Comunidad de Propietarios de la AVENIDA000, NUM000, portal NUM001 de Zamora se presentó escrito por el que se tiene por preparado recurso de apelación contra el auto dictado en fecha 16 de diciembre de 2008, acordándose mediante providencia emplazar a la parte recurrente por veinte días para que lo interponga ante el Tribunal de la instancia, donde una vez interpuesto, y presentados en su caso, los escritos de oposición o impugnación se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso.
Recibidos los autos en la Audiencia, se formó el respectivo rollo de apelación, y no habiéndose solicitado la práctica de prueba ni la celebración de vista, ni considerarla necesaria el Tribunal, pasaron las actuaciones al mismo para dictar la resolución procedente,...
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