SAP Zaragoza 627/2010, 25 de Octubre de 2010

PonenteANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
ECLIES:APZ:2010:2414
Número de Recurso590/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución627/2010
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00627/2010

SENTENCIA núm. 627/2010

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. PEDRO ANTONIO PEREZ GARCIA

Magistrados:

D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

D. ALFONSO MARÍA MARTÍNEZ ARESO

En Zaragoza a veinticinco de octubre de dos mil diez.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 005, de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1932/2009, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 590/2010, en los que aparece como parte apelante, D. Jose Pedro, representado por el Procurador de los tribunales, D. CARLOS BERDEJO GRACIAN, asistido por el Letrado D. JUAN CARLOS MACARRON PASCUAL, y como parte apelada, D. Juan María y CATALANA OCCIDENTE S.A, representados por la Procuradora de los tribunales, Dª ISABEL PEDRAJA IGLESIAS, asistido por el Letrado D. JESUS-ANTONIO GARCIA HUICI, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 31 de mayo de 2010, cuyo FALLO es del tenor literal: "Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por D. Jose Pedro contra D. Juan María y CATALANA OCCIDENTE COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., con imposición al actor de las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal de D. Jose Pedro

, se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes. TERCERO.- Recibidos en esta Sección los autos y las grabaciones audiovisuales de los actos procesales de la audiencia previa y el acto del juicio y, una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado y, tras los trámites legales, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 13 de octubre de 2010.

CUARTO

En la tramitación estos autos se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia recurrida, y

PRIMERO

La cuestión nuclear consiste en determinar si existió o no culpa exclusiva de la víctima, a fin de aplicar las cuestiones indemnizatorias que emanan del Art. 1 del R.D. leg. 8/04, T.R. de la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a...

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