SAP A Coruña 492/2009, 15 de Diciembre de 2009
Ponente | JUAN ANGEL RODRIGUEZ CARDAMA |
ECLI | ES:APC:2009:3222 |
Número de Recurso | 278/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 492/2009 |
Fecha de Resolución | 15 de Diciembre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
LA CORUÑA/A CORUÑA
SENTENCIA: 00492/2009
ROLLO: RECURSO DE APELACIÓN Nº 278/2009
SENTENCIA
NÚM..
AUDIENCIA PROVINCIAL, SECCIÓN TERCERA
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. JUAN ANGEL RODRÍGUEZ CARDAMA
D. RAFAEL JESÚS FERNÁNDEZ PORTO GARCÍA
DÑA. MARIA JOSÉ PÉREZ PENA
-------------------------------------------En A CORUÑA, a quince de Diciembre de dos mil nueve.
VISTOS por la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituída por los Sres. que al margen se expresan, los presentes autos de JUICIO DE FILIACIÓN Nº 234/07, que ante la misma penden en grado de apelación, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE ORDES, en los que es parte como APELANTE: D. Benito, representado por el/a Procurador/a Sra. VÁZQUEZ COUCEIRO y bajo la dirección del/a Letrado/a Sra. BALBOA GUERRA; y de otra como APELADOS: D. Ezequias, representado por el/a Procurador/a Sr. LÓPEZ RODRÍGUEZ y bajo la dirección del/a Letrado/a Sr. NÚÑEZ PARDO DE VERA Y EL MINISTERIO FISCAL.
En situación procesal de REBELDÍA los demandados: DÑA. Palmira Y D. Leopoldo ; versando los autos sobre Impugnación del pronunciamiento sobre costas.
ACEPTANDO los de la SENTENCIA DE FECHA 11 DE SEPTIEMBRE DE 2008, dictada por el Ilmo. Sr. Juez/Magistrado del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Ordes, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"FALLO: Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por don Ezequias, representado por el Procurador don Rafael Mario Trigo Trigo, contra doña Palmira, en situación de rebeldía procesal, don Benito, representado por el Procurador don Luis Antonio Riero Noya y defendido por la Letrada Sra. Balboa Guerra, y don Leopoldo, representado por la Procuradora doña Victoria Puertas Mosquera y defendido por la Letrada doña Mª del Carmen Rey Saa, con intervención del Ministerio Fiscal, DEBO DECLARAR Y DECLARO que don Juan Manuel es padre biológico de don Ezequias, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, con imposición de las costas procesales a don Benito, sin que procede hacer especial pronunciamiento respecto de los otros demandados.
Procédase a la inscripción de la filiación paterna en el Registro Civil correspondiente, con las demás consecuencias legalmente previstas.
Interpuesta la apelación por D. Benito, y admitida, se elevaron los autos a este Tribunal, con emplazamiento de las partes, habiendo comparecido en tiempo y forma para sostener dicho recurso el/a Procurador/a Sra. Vázquez Couceiro.
Registradas las actuaciones en esta Audiencia, fueron turnadas a esta Sección. Por providencia de fecha 11 de Mayo de 2009, se admite el recurso, mandando formar el correspondiente Rollo, designando Ponente y acordando esperar el término del emplazamiento. Se personaron en esta alzada la Procuradora Sra. Vázquez Couceiro, en nombre y representación de D. Benito, en calidad de apelante y la Procuradora Sra. López Rodríguez, en nombre y representación de D. Ezequias, en calidad de apelado. Es parte el Ministerio Fiscal. Queda el proceso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno...
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