AAP Madrid 117/2009, 10 de Junio de 2009

PonenteLOURDES RUIZ DE GORDEJUELA-LOPEZ
ECLIES:APM:2009:19513A
Número de Recurso770/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución117/2009
Fecha de Resolución10 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 11ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 11

MADRID

AUTO: 00117/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION UNDECIMA CIVIL

AUTO Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 770 /2008

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª. LOURDES RUIZ GORDEJUELA LOPEZ

D. FELIX ALMAZAN LAFUENTE

D. CESAREO DURO VENTURA

En MADRID, a diez de junio de dos mil nueve.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 11 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 440/2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 33 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 770/2008, en los que aparece como parte apelante Dª Flora, representado por la Procuradora Dª MARIA TERESA MARCOS MORENO, como apelado Dª. Ariadna, y siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª LOURDES RUIZ GORDEJUELA LOPEZ.

I ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los de igual naturaleza de la resolución apelada.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 33 de Madrid, con fecha veintiséis de abril de dos mil siete se dictó Auto, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: veintisiete de mayo de dos mil nueve.

CUARTO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

II RAZONAMIENTOS JURIDICOS

Se aceptan los de igual naturaleza de la resolución impugnada en cuanto no sean contrarios o modificados por los que a continuación se exponen.

PRIMERO

Son antecedentes que debemos considerar en el caso que examinamos los siguientes:

  1. - En el juicio declarativo ordinario número 1138/03 seguido a instancia de Doña Flora actuando como Presidenta de la Comunidad de Propietarios de la calle DIRECCION000 número NUM000 de Madrid, contra Doña Ariadna, se dictó sentencia, con fecha veintinueve de octubre de dos mil cuatro, en la que estimándose la demanda se condenaba a la demandada en los términos de los pronunciamientos de su fallo.

    Notificada la sentencia a las partes, la expresada demandada preparó recurso de apelación, y a instancia de la demandante, por auto de 12 de diciembre de 2005, se despachó ejecución provisional de la sentencia apelada que fue notificado a la ejecutada Doña Ariadna el 3 de febrero de 2006 (folio 16). La demanda de solicitud de ejecución provisional se presentó en el Decanato de los Juzgados de Primera Instancia Civil el día 5 de abril de 2005.

    El 29 de junio de 2006 la ejecutada consignó 9.000 euros, importe del principal de la condena, y

    2.700 euros presupuestadas como costas y gastos (folio 72).

  2. - La Procuradora Doña María Teresa Marcos Moreno en la representación acreditada de De Doña Flora actuando como Presidente de la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 número NUM000 de Madrid, solicitó la tasación de las costas causadas en la ejecución provisional (folios 91 a 98) así como la liquidación de intereses.

    Por diligencia de ordenación de 21 de diciembre de dos mil seis, se tuvo por formulada la liquidación de intereses y se denegó la práctica de la tasación de costas. Frente a dicha diligencia, la representación procesal de la comunidad ejecutante presentó escrito de reposición en cuanto denegaba la práctica de la tasación de costas, recurso que no fue admitido a trámite porque no cabe interponerlo contra las diligencias de ordenación. Contra esta providencia se interpuso recurso de reposición que fue resuelto por el auto apelado en el que manteniendo que contra las diligencias de ordenación solo cabía instar su revisión, decidió sobre le fondo de la pretensión que no era otra que decidir si en una ejecución provisional cabía o no la práctica de la tasación de costas, concluyendo negativamente porque del artículo 531 no se deduce que haya de procederse a tasar las costas de la ejecución y además asume el criterio mantenido por la sentencia de la Sección 18 de la AP de Madrid de 13 de diciembre de 2004 y por el auto de la Sección 19 de la misma Audiencia,...

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