AAP Sevilla 463/2009, 19 de Junio de 2009

PonenteMARIA DOLORES SANCHEZ GARCIA
ECLIES:APSE:2009:1595A
Número de Recurso3047/2009
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución463/2009
Fecha de Resolución19 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 1ª

Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla

Avda. Menéndez Pelayo 2

Tlf.: 955005021 / 955005023. Fax: 955005024

NIG: 4109143P20080165962

RECURSO:Apelación Penal 3047/2009

ASUNTO: 100560/2009

Proc. Origen: Proc. Abreviado 15/2009

Juzgado Origen :JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº3 DE SEVILLA Negociado:R

Apelante:. Vicente

Abogado:.

Procurador:.JUAN ANTONIO COTO DOMINGUEZ A U T O Nº 463/2009

ILMOS SRES.

PRESIDENTE:

JOAQUIN SÁNCHEZ UGENA

MAGISTRADOS:

MARIA DOLORES SANCHEZ GARCIA, ponente JUAN ANTONIO CALLE PEÑA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº3 DE SEVILLA APELACIÓN ROLLO Nº 3047/2009 PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 15/2009 En la ciudad de SEVILLA a diecinueve de junio de dos mil nueve. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, integrada por los Magistrados indicados al margen, ha visto el recurso de apelación interpuesto contra auto dictado en la diligencias referenciadas, cuyo recurso fue interpuesto por Vicente que está representado por el Procurador D. JUAN ANTONIO COTO DOMINGUEZ. Es parte recurrida el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ilmo. Sr. Magistrado Juez de Instrucción del JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº3 DE SEVILLA, el día 27-1-09, dictó auto cuya parte dispositiva acuerda: "Continuar la tramitación de las presentes Diligencias Previas según lo dispuesto en el Capítulo II, Título III del Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ...".

SEGUNDO

Contra dicha resolución interpuso recurso de reforma y subsidiario de apelación la representación de Vicente y seguidos los correspondientes trámites, se elevaron los autos a esta Audiencia donde se formó el rollo quedando pendiente para la votación y decisión del recurso.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MARIA DOLORES SANCHEZ GARCIA, quien expresa el parecer el Tribunal.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se alza el recurrente contra los autos de 27 de Enero y 31 de Marzo de 2009 dictados por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Sevilla en el P.A 15/09, por el que se acuerda la transformación de las Diligencias Previas en procedimiento Abreviado, seguido contra Vicente por la comisión de un presunto delito contra la seguridad vial.

SEGUNDO

Desde una perspectiva material, el cumplimiento del artículo 779.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal requiere, por parte de Sr. Juez de Instrucción, un análisis ponderado de las actuaciones para decidir sobre el destino que deben seguir las mismas, de modo que, para dictar el auto transformando las Diligencias Previas en Procedimiento Abreviado, resulta necesaria al tiempo que bastante la concurrencia de indicios racionales y suficientes de haberse cometido por persona determinada alguno de los delitos a que se refiere el artículo 757 de la citada Ley rituaria.

Tales indicios constituyen más que meras sospechas, pero no deben identificarse con certezas absolutas, pues parece obvio que exigir la existencia de pruebas inequívocas y concluyentes en este momento procesal convertiría la resolución recurrida en seguro anticipo de una sentencia condenatoria, privando de su primordial objetivo al eventual juicio oral. Es voluntad del legislador, sin embargo, que sea en tal acto del plenario -si procediere...

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