AAP Madrid 3201/2008, 26 de Septiembre de 2008
Ponente | MARIA PAZ REDONDO GIL |
ECLI | ES:APM:2008:12795A |
Número de Recurso | 2484/2008 |
Procedimiento | RECURSO VIGILANCIA PENITENCIARIA |
Número de Resolución | 3201/2008 |
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 5ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección nº 5
Rollo: 2484/08
Procedente del JDO. VIGILANCIA PENITENCIARIA Nº 4 DE MADRID Expediente nº: 1838/06
AUTO NUMERO 3201/08
Ilmos. Magistrados.-D. ARTURO BELTRAN NUÑEZ
D. JESUS ANGEL GUIJARRO LOPEZ
DѪ. PAZ REDONDO GIL
En Madrid a veintiséis de septiembre de 2008.
Por auto de fecha 2 de abril de 2008 se ratificó la resolución de la Administración Penitenciaria que deniega al interno Jose Luis, N.I.S. NUM000, el estudio del permiso solicitado.
Admitido en un solo efecto el recurso de apelación contra esta resolución y remitido a esta Sala testimonio de los particulares designados por las partes, se dio vista a éstas del expediente y se señaló para deliberación y fallo el día de ayer, donde se examinaron las alegaciones de las partes, quedando el recurso visto para resolución.
Consta en autos que el interno recurrente en el plazo señalado para ello solicitó permiso de salida que correspondería al segundo cuatrimestre del año 2007, y así lo reconoce la administración penitenciaria, si bien no se produjo el estudio del mismo por que en el intervalo de la solicitud y de la celebración de la Junta de Tratamiento que debía estudiar la misma, se produjo el traslado de Centro Penitenciario del interno, razón esta que no es suficiente para dejar de estudiar dicho permiso pues en caso contrario se vulnerarían los derechos del interno, reconocidos en la legislación penitenciaria por lo que procede estimar el recurso formulado.
No se aprecian motivos para una especial imposición de costas de este recurso. Vistos los artículos mencionados, concordantes y demás de general y pertinente aplicación, siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrado DѪ. PAZ REDONDO GIL. En atención a todo lo expuesto LA SALA DISPONE:
ESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por Jose Luis, revocando los autos dictados por el JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA NUMERO 4 DE MADRID, sin especial imposición de las costas de este recurso.
Comuníquese esta resolución al Juzgado de procedencia del recurso y al Ministerio Fiscal; llévese testimonio de esta resolución al Rollo de Sala.
Así por este nuestro auto, lo acordamos, mandamos y firmamos.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SJMer nº 1 382/2014, 9 de Diciembre de 2014, de Murcia
...dichos textos por aplicación de lo que se denominaba la doctrina de la "foto fija" de la posición crediticia del deudor concursado (AAP Madrid 26/09/2008 y SAP Alicante 18/10/2007 ). El legislador de 2011 renunció a dicha foto fija, permitiendo la modificación de los textos definitivos en l......