AAP Madrid 429/2008, 15 de Diciembre de 2008

PonenteMARIA JOSE ALFARO HOYS
ECLIES:APM:2008:17555A
Número de Recurso402/2007
Número de Resolución429/2008
Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20

MADRID

AUTO: 00429/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 20ª

AUTO Nº

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 402/2007

Ilmos. Sres. Magistrados:

PURIFICACIÓN MARTÍNEZ MONTERO DE ESPINOSA

JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ

Mª JOSÉ ALFARO HOYS

En MADRID, a quince de diciembre de dos mil ocho.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, el incidente de oposición suscitado en los Autos de EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 97/2005, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCIÓN N. 1 de ALCORCÓN, a los que ha correspondido el Rollo 402/2007, en los que aparece como parte apelante María Teresa, y como apelado FIDECO INVERSIONES S.A., siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Doña Mª JOSÉ ALFARO HOYS.

HECHOS
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Alcorcón, en fecha 1 de diciembre de 2006, se dictó auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la oposición a la ejecución opuesta por María Teresa, representada por la Procuradora Doña María Isabel Ramos Cervantes, contra la demanda de ejecución interpuesta por Fideco Inversiones S.A., representada por la Procuradora Doña María Piña del Castillo, declaro procedente que la ejecución siga adelante por la cantidad de 19.833'40 euros de principal, más 1.253'23 euros de intereses y gastos provisionales, más 4.820 euros de costas, así como los réditos que se devenguen durante la ejecución y costas del proceso, fijados provisionalmente en 3.000 euros. Y condeno a María Teresa al pago de las costas causadas.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los razonamientos jurídicos de la resolución apelada, Auto dictado en fecha 1 de diciembre de 2006 por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de los de Alcorcón, en el incidente de oposición a la ejecución de título judicial seguido al número 97/05.

PRIMERO

Para una mejor comprensión de la litis, es necesario relatar los siguientes hechos:

  1. - Ante los Juzgados de Primera Instancia de Madrid, con fecha 18 de febrero de 2005, por la entidad "Fideco Inversiones, S.A.", se presentó demanda de ejecución de título judicial, sentencia de condena dineraria dictada en fecha 17 de diciembre de 2004 en el procedimiento ordinario seguido al número 582/03. Se solicitaba que se despachara ejecución contra los bienes de los demandados solidarios, "Carpintería Abmarsa, S.L.", y don Jose Pedro, en cantidad suficiente para cubrir la suma de 19.833,40 euros de principal, más 1.253,23 euros de intereses y gasto provisionales, más 4.280 euros de costas, así como los réditos que se devenguen durante la ejecución y costas del proceso, fijados provisionalmente en

    3.000 euros, con expresa condena en costas del procedimiento.

  2. - El despacho de ejecución por el que se acordó el embargo de bienes propiedad del ejecutado tuvo lugar por auto de fecha 5 de abril de 2005, dictado por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Alcorcón, que se notificó a "Carpintería Abmarsa, S.L.", y a don Jose Pedro .

  3. - A solicitud de la parte ejecutante, por diligencia de ordenación de 26 de mayo de 2006, se acordó notificar también la demanda ejecutiva a la esposa de don Jose Pedro, que era doña María Teresa, casados en régimen de sociedad de gananciales.

  4. - La representación procesal de doña María Teresa, con fecha 11 de octubre de 2006, presentó escrito oponiéndose a la ejecución despachada. La ejecutante "Fideco Inversiones, S.A.", presentó escrito el día 2 de noviembre de 2006 solicitando la desestimación de la oposición.

  5. - Con fecha 1 de diciembre de 2006, por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de los de Alcorcón se dictó el Auto que ahora es objeto de apelación, cuya parte dispositiva fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la oposición a la ejecución opuesta por María Teresa, representada por la Procuradora doña María Isabel Ramos Cervantes, contra la demanda de ejecución interpuesta por Fideco Inversiones, S.A., representada por la Procuradora doña María Piña del Castillo. Declaro procedente que la ejecución siga adelante por la cantidad de 19.833,40 euros de principal, más 1.253,23 euros de intereses y gastos provisionales, más 4.820 euros de costas, así como los réditos que se devenguen durante la ejecución y costas del proceso, fijados provisionalmente en 3000 euros. Y condeno a María Teresa al pago de las costas causadas."

    Contra el citado Auto dictado en fecha 1 de diciembre de 2006 se alza doña María Teresa, alegando, en síntesis, que la deuda por...

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