AAP Murcia 60/2008, 5 de Noviembre de 2008

PonenteJOSE JOAQUIN HERVAS ORTIZ
ECLIES:APMU:2008:452A
Número de Recurso254/2008
Número de Resolución60/2008
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

CARTAGENA

AUTO: 00060/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCIÓN QUINTA (CARTAGENA)

ROLLO Nº 254/2008 (CIVIL)

ILTMO. SR. D. JOSÉ MANUEL NICOLÁS MANZANARES

Presidente

ILTMO. SR. D. MATÍAS M. SORIA FERNÁNDEZ MAYORALAS

ILTMO. SR. D. JOSÉ JOAQUÍN HERVÁS ORTIZ

Magistrados

A U T O Nº 60

En Cartagena, a cinco de noviembre de dos mil ocho.

Vistos, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres. expresados, los autos de expediente de consignación judicial número 953/07 (Rollo nº 254/08), que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia número cinco de Cartagena, siendo parte, como promotora del expediente, Dª. Rita, representada por el Procurador D.Francisco Antonio Bernal Segado y defendida por el Letrado D.Miguel Fernández Gómez, actuando en esta alzada, como apelante, la referida promotora del expediente, ha sido Magistrado ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ JOAQUÍN HERVÁS ORTIZ, que expresa el parecer de la Sala.

HECHOS
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número cinco de Cartagena, en los referidos autos de expediente de consignación judicial, tramitados con el número 953/07, se dictó Auto con fecha 26 de octubre de 2.007, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo INADMITIR LA SOLICITUD DE CONSIGNACION JUDICIAL presentada por Dª. Rita frente a la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS RESIDENCIAL MIRAMAR, devolviéndose los documentos aportados y remitiéndose las actuaciones al archivo.". SEGUNDO. Contra dicho Auto se preparó recurso de apelación por la promotora del expediente, que, una vez admitido a trámite, interpuso en tiempo y forma, exponiendo por escrito y dentro del plazo que al efecto le fue conferido, la argumentación que le sirve de sustento. Seguidamente, se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente rollo de apelación, con el número 254/08, que ha quedado para dictar resolución sin celebración de vista, tras señalarse para el día 28 de octubre de 2.008 su votación y fallo.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Frente al Auto dictado por el órgano judicial de primer grado, en expediente de consignación judicial, por el que se inadmite la solicitud de consignación efectuada por entender el Juzgado que no se cumplen los requisitos de los artículos 1.176 y siguientes del Código Civil, se alza la parte actora, en base a las alegaciones que realiza en el escrito de interposición del recurso, consistentes en afirmar, en esencia, que no es...

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