AAP Tarragona 20/2008, 4 de Marzo de 2008
Ponente | ANTONIO CARRIL PAN |
ECLI | ES:APT:2008:319A |
Número de Recurso | 615/2007 |
Procedimiento | INCIDENTE |
Número de Resolución | 20/2008 |
Fecha de Resolución | 4 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª |
ROLLO NUM. 615/07
INC. OPOS. EJEC. NUM. 212/2006
REUS NUM. UNO
A U T O num.
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE
D. Antonio Carril Pan
MAGISTRADOS
Dª Mª Pilar Aguilar Vallino
D. Manuel Díaz Muyor
En Tarragona a 4 de marzo de 2008.
Visto ante la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el Recurso de Apelación interpuesto por Narciso, representado por el Procurador Sr Pascual y defendido por el Letrado Sr.Carrasco Urtiaga, en el Rollo nº 615/2007, derivado del incidente de oposición a la ejecución 212/2006 del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Reus, al que se opuso Sofía, representada por la Procuradora Sra. Gavada y defendida por el Letrado Sr. Gebelli.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y
El 35/5/2007 se dictó por el Juzgado nº 1 de Reus el auto cuya parte dispositiva es del tenor siguiente: 1) Estimar parcialmente la oposición a la ejecución, planteada en el presente procedimiento por D. Marcelo Cairo Valdivia en representación de D. Narciso . 2)Mandar seguir adelante la ejecución por la suma de 6.225,57 en concepto de principal más 1.867,67 euros para intereses y costas 3) No haber lugar a la condena en costas por este incidente, por lo que cada una de las partes satisfará las causadas a su instancia y las comunes por mitad".
Contra el referido auto interpuso recurso de apelación Narciso, en razón a la argumentación que consta en el escrito correspondiente.
Al recurso se opuso Sofía, que instó la confirmación del auto.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. Antonio Carril Pan.
La apelación invoca error en la apreciación de la prueba e inobservancia de los artículos 137 y siguientes del C de Familia, por no consultar previamente al gasto extraordinario al apelante en orden a su realización.
En relación a los gastos extraordinarios y su necesidad del acuerdo previo para su fijación, dijimos, en nuestro Auto de 16 de febrero de 2005 y lo reiteramos en los recientes de 10 de enero y 5 de febrero 2008 que "el titulo judicial para ser ejecutado deberá contener una condena concreta y determinada, que según sus características de lugar a los diversos trámites de ejecución, pues, como señala el artículo 18.2 de la LOPJ, las sentencias se ejecutaran en sus propios términos", y...
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La pensión de alimentos de los hijos menores de edad y los gastos extraordinarios
...pág. 4. [167] pérez martín, A. J., «Los gastos extraordinarios», op. cit., pág. 653. [168] Vid., el Auto de la Audiencia Provincial de Tarragona, Sección 1.ª, de 4 de marzo de 2008 (JUR [169] Vid., el Auto de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 22.ª, de 13 de diciembre de 2002 (JUR 2......