SAP Madrid 268/2006, 24 de Abril de 2006
Ponente | JOSE GONZALEZ OLLEROS |
ECLI | ES:APM:2006:4506 |
Número de Recurso | 679/2004 |
Número de Resolución | 268/2006 |
Fecha de Resolución | 24 de Abril de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª |
JOSE GONZALEZ OLLEROSANGEL VICENTE ILLESCAS RUSMARIA TERESA PUENTE-VILLEGAS JIMENEZ DE ANDRADE
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10
MADRID
SENTENCIA: 00268/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MADRID
Sección 10
1280A
C/ FERRAZ 41
Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916
N.I.G. 28000 1 7010178 /2004
Rollo: RECURSO DE APELACION 679 /2004
Autos: MENOR CUANTIA 449 /1999
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 59 de MADRID
De: LAP MELANIE ESPAÑA, S.A.
Procurador: MARIA TERESA UCEDA BLASCO
Contra: DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL DE ALIMENTACION, S.A.
Procurador: JAVIER UNGRIA LOPEZ
SOBRE: COMPETENCIA DESLEAL. COSTAS. INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS.
IMPUGNACIÓN DEL PRONUNCIAMIENTO REFERIDO A LA PROHIBICIÓN DE COMERCIALIZAR
EN EL FUTURO.
PONENTE: ILMO. SR. D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS
SENTENCIA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS
D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS
Dª TERESA PUENTE VILLEGAS JIMENEZ DE ANDRADE
En MADRID, a veinticuatro de abril de dos mil seis.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 59 de los de Madrid, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 59 de los de Madrid , seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante la entidad LAP MELANIE ESPAÑA, S.A., representado por la Procuradora y defendido por Letrado, y de otra como demandada-apelada la entidad DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL DE ALIMENTACION, S.A. (DIA), representado por el Procurador d. Javier Ungruia López y defendido por Letrado, seguidos por el trámite de Menor Cuantía.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo.Sr.D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 59 de los de Madrid, en fecha 12 de marzo de 2.004, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO: " Que con estimación parcial de la demanda formulada por la entidad Mercantil LAP MELANIE ESPAÑA, S.A. representada por el Procurador de los Tribunales Sra. Dña. TERSA UECEDA BLASCO, contra la entidad DISTRIBUIDORA DINTERNACIONAL DE ALIMENTOS, representada por el Procurador De los Tribunales Sr. D. JAVIER UNGRIA LOPEZ, debo acordar y acuerdo prohibir a la demandada a la comercialización en lo sucesivo de la marca Cómplices, así como de cualesquiera otras que puedan inducir a error respecto a dicha marca y etiqueta; desestimándose el resto de las pretensiones; sin costas".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte actora. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
Por providencia de esta Sección, de fecha 8 de marzo de 2.006, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 17 de abril de 2.006.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Frente a la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez de 1ª instancia nº 59 de Madrid con fecha 12 de marzo de 2.004 , estimatoria parcialmente de la demanda interpuesta por la actora Lap Melanie España S.A. contra Distribuidora Internacional de Alimentos (DIA), por ambas partes se interpone recurso: la actora, en primer termino por disconformidad con la no imposición de costas a la demandada y en segundo lugar por disconformidad también con la desestimación del pedimento referido a la condena de la demandada al resarcimiento de daños y perjuicios; la demandada, por disconformidad con la condena a la prohibición de comercializar en los sucesivo la marca "Complices".
En la demanda iniciadora del procedimiento, resumidamente, la actora-apelante tras exponer que como filial de la entidad francesa Lap Melanie S.A. venia comercializando en España desde el año 1.994, prendas de vestir bajo la marca notoria "Complices", registrada en Francia a nombre de Madame Martine Haccoum (esposa del presidente de Lap Melanie S.A.) y en España a nombre de la actora Lap Melanie España desde 1.969, y que la demandada en el año 1.998 había vendido en sus establecimientos comerciales un pijama de caballero en el que figuraba impresa dicha marca con los consiguientes perjuicios que dicha actuación le causaba, incurriendo con ello en un acto de competencia desleal, e infringiendo la protección que la ley dispensa al titular de una marca registrada, interesaba, con base en los preceptos que citaba de la Ley de Competencia Desleal y de la Ley de Marcas de 1.988, se dictara sentencia por la que: 1) Se declarara la deslealtad del acto de comercializar prendas de vestir con dicha marca, 2) Se acordara prohibir a la demandada, si todavía no hubiera acontecido, la cesación de los actos, utilizar en el tráfico económico la venta de productos con dicha marca, 3) Se acordara la retirada del...
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