SAP Madrid 161/2006, 25 de Mayo de 2006
Ponente | MARIA PILAR OLIVAN LACASTA |
ECLI | ES:APM:2006:7536 |
Número de Recurso | 111/2006 |
Número de Resolución | 161/2006 |
Fecha de Resolución | 25 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª |
MARIA PILAR OLIVAN LACASTA
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION QUINCE
MADRID
RJ: 111/06
JUICIO DE FALTAS: 948/04
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN: Nº 46 de MADRID
SENTENCIA Nº 161
ILMA. MAGISTRADA Dª MARIA PILAR OLIVAN LACASTA
En Madrid, a 25 de mayo de 2006
Visto en segunda instancia por el Ilmo. Magistrado al margen referenciado, actuando como Tribunal unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82 nº 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el recurso de apelación contra la sentencia de fecha 14-4-05, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 46 de Madrid en el juicio de faltas nº 948/04. Han sido partes: de un lado, como apelante Pedro Jesús y del otro como apelado el Ministerio Fiscal.
Por el Juzgado de Instrucción nº 46 de Madrid se dictó sentencia en el juicio de faltas antes mencionado con fecha de 14-4-05, cuya parte dispositiva dice: "Que debo condenar y condeno a Pedro Jesús como criminalmente responsable en concepto de autor de una falta de lesiones a la pena de un mes multa con cuota diaria de seis euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas que podrá cumplirse mediante localización permanente, con imposición de costas. Que debo condenar y condeno a María Rosa como criminalmente responsable en concepto de autor de una falta de daños a la pena de quince días de multa con cuota diaria de seis euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas que podrá cumplirse mediante localización permanente, con imposición de costas. Que debo absolver y absuelvo a Juana de las faltas imputadas con declaración de las costas de oficio. Que debo absolver y absuelvo a Isidro de las faltas imputadas con declaración de las costas de oficio".
Notificada esta resolución a las partes, por Pedro Jesús se interpuso recurso de apelación alegando que actuó en defensa propia y de sus compañeros.
Admitido el recurso, se efectuaron los oportunos traslados, presentando escrito de impugnación el Ministerio Fiscal.
Se aceptan los contenidos en la resolución impugnada, que se dan por reproducidas.
UNICO.- Procede la desestimación del recurso interpuesto.
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