SAP Barcelona, 30 de Diciembre de 2010

PonenteCARLES ALMEIDA ESPALLARGAS
ECLIES:APB:2010:7980
Número de Recurso29/2010
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 21ª

SENTENCIA

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

Sección vigésimo primera

Rollo número 29/2010

Procedimiento abreviado Núm 70/2008

Diligencias Previas núm. 4343/2005

Juzgado de Instrucción número 3 de Badalona

Iltmos. Sres. Magistrados

Don Gerard Thomás Andreu

Don Carlos Almeida Espallargas

Doña Esmeralda Ríos Sambernardo

En la ciudad de Barcelona a 30 de diciembre de 2010

Vista en Juicio Oral y público ante la Sección Vigésimo Primera de esta Audiencia Provincial la presente causa número 29/2010 procedente de Procedimiento abreviado número 70/2008 y diligencias previas 4343/2005 seguidas ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Badalona por un delito contra la integridad moral y lesiones contra los acusados:

  1. - D. Luis Manuel , agente de la GU de Badalona n° NUM000

  2. - D. Anton , agente de la GU de Badalona n° NUM001

  3. - D. Efrain , agente de la GU de Badalona n° NUM002

  4. - D. Humberto , agente de la GU de Badalona n° NUM003 .

  5. - D. Nicanor , agente de la GU de Badalona n° NUM004

  6. - Dª. María Milagros , agente de la GU de Badalona n° NUM005 .

  7. - D. Jose Ángel , agente de la GU de Badalona n° NUM006

  8. - D. Alexis , agente de la GU de Badalona n° NUM007 .

  9. - D. Edemiro , agente de la GU de Badalona n° NUM008

  10. - D. Imanol , agente de los Mossos dŽEsquadra n° NUM009

  11. - D. Ovidio , agente de los Mossos dŽEsquadra n° NUM010

todos ellos, mayores de edad y sin antecedentes penales computables a efecto de reincidencia; en libertad por esta causa. Así mismo, intervienen como responsables civiles el Ajuntament de Badalona y la Generalitat de Catalunya, igualmente, ha comparecido en el procedimiento como acusación particular D. Pedro Francisco y Dª. Rosario , así como el Ministerio Fiscal, representado por la Ilma. Sra. Dª. Carmina BOORÀS, y ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. Carlos Almeida Espallargas, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Las presentas actuaciones se iniciaron a raíz de una intervención policial llevada a cabo por agentes de la Guardia Urbana de Badalona y de los Mossos d'Esquadra y, en su tramitación, una vez fue formulada acusación por las acusaciones particulares y el Ministerio Fiscal, se dictó Auto de apertura del juicio oral contra los acusados identificados en el anterior encabezamiento; y una vez fueron calificados los hechos por las defensas letradas de la presente causa, se remitieron las actuaciones a esta Sección de la Audiencia Provincial, para su enjuiciamiento.

SEGUNDO.- En los días previstos para la celebración del juicio oral, tuvo lugar éste, sin que en su transcurso hubieren ocurrido incidencias especiales merecedoras que ser aquí resaltadas, más allá de que, una vez practicada la prueba propuesta por las partes y admitida por el Tribunal, el Ministerio Fiscal modificó sus conclusiones provisionales así como otra de las acusaciones en los términos que obran documentados en el acta del juicio oral.

TERCERO.- En el mismo trámite de conclusiones finales, las defensas de los acusados interesaron la libre absolución de sus defendidos y, algunas modificaron sus conclusiones en los términos que obran en autos. Seguidamente el Ministerio Fiscal y los demás intervinientes informaron al Tribunal por su orden en apoyo de sus respectivas tesis, y una vez fue realizado el derecho de los acusados a dirigir al Tribunal la última palabra, quedaron los autos vistos para dictar la presente resolución.

HECHOS

PROBADOS

Se declara probado que sobre las 5 horas y 20 minutos del día 23 de octubre de 2005, los acusados, D. Luis Manuel , D. Anton , D. Efrain , D. Humberto , D. Nicanor , Dª. María Milagros , D. Jose Ángel , D. Alexis , D. Edemiro , D. Imanol , y D. Ovidio , entre otros y en su calidad de agentes de la policía local de Badalona y de los Mossos d'Esquadra, acudieron a la estación de RENFE de Badalona, sita en la plaza Roca i Pi, tras recibir un aviso de que presuntamente dos de las diversas personas que momentos antes habían agredido al agente de la policía local de Badalona con carnet profesional número NUM011 podían encontrarse en dicho lugar, de modo que tales dos personas resultaron ser D. Pedro Francisco y Dª. Rosario .

En primer lugar llegaron a la precitada estación de Renfe, D. Humberto y Dª. María Milagros , quienes formaban pareja de la policía local de Badalona, y se encontraron a D. Pedro Francisco y Dª. Rosario sentados juntos en el andén de la referida estación, de modo que D, Humberto se dirigió hacia D. Pedro Francisco y Dª. María Milagros se dirigió hacia Dª. Rosario .

Inmediatamente y ante al creencia de que eran dos de los responsables de la agresión sufrida por su compañero, Dª. María Milagros profirió a Dª. Rosario palabras tales como es esta, es esta, hija de puta, ya te tenemos a la vez que le golpeaba con la mano en la cara y la levantaba zarandeándola y agarrándola del pelo hasta tirarla al suelo mientras le decía mírame bien porque en comisaría te voy a arrancar el piercing de cuajo. Así mismo, D. Humberto , inicialmente se limita a pedir la documentación a D. Pedro Francisco , pero tras entregársela éste y guardársela aquél sin mirarla, y ante los hechos acaecidos respecto a Dª. Rosario , D. Pedro Francisco se levantó y en ese momento D. Humberto le agarró de la solapa de la cazadora, le pregunta el nombre y tras darle D. Pedro Francisco el nombre le dice no me mientas, eh! que os han gravado las cámaras del Ayuntamiento a la vez que le golpeaba en dos ocasiones con la mano en la cara, así mismo insistía en que, realmente, era un tal Luis Enrique y era militar, si bien, la víctima reiteró que se llamaba Carlos, que era camarero y que tenía que abrir un buffet a las 6 horas, ante lo que un agente no identificado le profirió palabras tales como a ti si que te vamos a abrir de arriba a abajo, hijo de la gran puta.

Seguidamente, al conocer que se ha detenido a dos de los agresores del citado agente número NUM011 , acuden otros agentes de los que se identifica a D. Luis Manuel , D. Ovidio , D. Edemiro , D. Nicanor , D. Jose Ángel , y D. Alexis e intervienen en los hechos, a la vez que D. Humberto advierte a Dª. María Milagros que hay cámaras y que se aparte, para lo que ésta agarra de los pelos a Dª. Rosario y la arrastra para apartarla de las cámaras, tras lo cual la golpea repetidamente con los pies.

De este modo, ha quedado probado que a continuación:

D. Humberto apartó a D. Pedro Francisco hasta la vía donde lo zarandeó y junto a D. Nicanor hizo ademán de dejarlo caer a la vía del tren mientras lo sujetaban de la solapa de la cazadora. Así mismo, D. Humberto presenció y participó en la agresión a Dª. Rosario al darle golpes con el pie cuando estaba en el suelo.

D. Luis Manuel presenció la agresión a D. Pedro Francisco y a Dª. Rosario sin hacer nada por impedirlo ni recriminar las conductas a los demás acusados.

D. Ovidio además de presenciar la agresión a D. Pedro Francisco y Dª. Rosario , mientras Dª. Rosario estaba en el suelo, esposada y boca abajo, le cogió la cabeza, se la levantó, aproximó su cara a la de la víctima, y mientras le exhibía un spray de autodefensa le profirió palabras tales como te lo vas a tragar.

D. Edemiro mientras D. Pedro Francisco era agarrado por D. Nicanor y D. Alexis le exhibió un spray autodefensa mientras le decía abre la boca, que hables, que hables, es mejor para ti. Así mismo, presenció y participó en la agresión a Dª. Rosario al darle golpes con el pie cuando estaba en el suelo.

D. Nicanor junto a D. Humberto apartó y zarandeó a D. Pedro Francisco hasta la vía donde hicieron ademán de dejarlo caer a la vía del tren si bien, lo sujetaban de la solapa de la cazadora, en ese momento, además le golpeó con la mano en la cabeza. Así mismo, junto a D. Alexis agarró a D. Pedro Francisco mientras el D. Edemiro le exhibía un spray autodefensa mientras le decía que hables, que hables, es mejor para ti; así mismo, mientras le tenía agarrado por el cuello le rompió un colgante que llevaba. Respecto a Dª. Rosario , así mismo, presenció y participó en la agresión al darle golpes con el pie cuando estaba en el suelo.

D. Jose Ángel presenció las agresiones declaradas probadas a D. Pedro Francisco y Dª. Rosario sin hacer nada por impedirlas.

D. Alexis junto a D. Nicanor agarró a D. Pedro Francisco mientras D. Edemiro le exhibía un spray autodefensa y le decía que hables, que hables, es mejor para ti. Así mismo, presenció la agresión y golpeó en varias ocasiones en la cabeza a Dª. Rosario .

Así mismo, Dª. Rosario , mientras la agredían gritaba me llamo Rosario , soy de Cornellà, soy menor, llamad a mi padre, si bien fue esposada, y junto a D. Pedro Francisco fueron detenidos como presuntos autores de la agresión causada al agente de la guardia urbana de Badalona con carnet profesional número NUM011 , por lo que se procedió a su traslado al hospital donde el agente agredido estaba ingresado a fin de que fueran reconocidos por el mismo.

Finalmente, tras el resultado negativo de la referida identificación y al procederse a identificar por otros medios a los verdaderos presuntos autores, D. Pedro Francisco y Dª. Rosario fueron puestos en libertad y llevados por D. Nicanor , y D. Jose Ángel hasta la parada del metro de Pep Ventura.

D. Pedro Francisco sufrió lesiones consistentes en contusiones múltiples para cuya sanidad precisó de una sola asistencia facultativa y tardó en curar 28 días no impeditivos, así mismo le quedó como secuela una algia cervical leve.

Dª. Rosario sufrió lesiones consistentes en una quemadura de primer grado de dos centímetros entre el primer y el segundo dedo de la mano derecha, dos quemaduras de primer grado de medio centímetro en la muñeca derecha, así como una cervicalgia, para cuya sanidad precisó de una sola asistencia facultativa y tardó en curar 14 días, 7 de ellos impeditivos para sus actividades habituales, así mismo le quedó como secuela una pequeña cicatriz hipercroma entre el primer y el segundo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR