SAP Alicante 846/2002, 12 de Diciembre de 2002

PonenteANDRES SANCHEZ-MEDINA MEDINA
ECLIES:APA:2002:5483
Número de Recurso789/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución846/2002
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

SENTENCIA NÚM. 846

Iltmos. Sres.

Presidente: D. Andrés Sánchez Medina y Medina

Magistrado: Dª. Visitación Pérez Serra

Magistrado: D. Enrique García Chamón Cervera

En la ciudad de Alicante, a doce de diciembre de dos mil dos.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres expresados al margen, ha visto los autos de JUICIO VERBAL sobre desahucio y reclamación de rentas seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de DEnia, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante COMPLEJO COMERCIAL MONTY'S, SA., habiendo intervenido en el recurso dicha parte, en su condición de recurrente, representada por el Procurador D. Enrique Gregori y dirigida por el Letrado D. José Font, y como apelada DON Marcos , representada por el Procurador Sr. Bonet Camps, con la dirección del Letrado D. Francisco J. Salva.

I - ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por el Juzgado de 1ª Instancia n° 5 de Denia en los referidos autos, tramitados con el núm. 139 de 2002 se dictó sentencia, con fecha 27 de Mayo de 2002 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que, estimando la acción de reclamación de rentas deducida en nombre de Complejo Comercial Monty's, SA., debo condenar y condeno a D. Marcos a que pague a la actora la cantidad de dos mil doscientos treinta y nueve euros y cincuenta céntimos (2239'50).

Se tiene por enervada la acción de desahucio respecto del local sito en Xabia, AVENIDA000 NUM000 .

Se imponen a la parte demandada las costas procesales."

SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formando el Rollo núm. 789- A de 2002 tramitándose el recurso en forma legal. La parte apelante pidió la parcial revocación de la sentencia de instancia y la apelada su confirmación. Para deliberación fue señalado el 11 de Diciembre de 2002.

TERCERO.- En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Andrés Sánchez Medina y Medina

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Está acreditado en las actuaciones que por contrato fecha 23 de Septiembre de 1997 la mercantil ahora demandante arrendó a Don Marcos el local comercial n° 8 del complejo comercial situado en AVENIDA000 n° NUM000 de Javea. Se pactó una duración de 10 años y una renta de 1.500.000 pts anuales, efectuándose el primer pago en dos partes, la primera de seis mensualidades 15 días después de la firma del contrato y la segunda de seis mensualidades el 1 de Agosto de 1998. En la demanda que inicia este proceso, con referencia expresa...

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