SAP Murcia 209/2006, 3 de Octubre de 2006

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2006:2164
Número de Recurso90/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución209/2006
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00209/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo 90/2006

SECCIÓN SEGUNDA J. Lorca nº Dos

MURCIA Ordinario 554/2004

S E N T E N C I A nº 2 0 9 / 2 0 0 6

Ilmos. Sres.

Don Abdón Díaz Suárez

Presidente

Dª María Jover Carrión

Don Fernando López del Amo González

Magistrados

En Murcia, a trece de julio de dos mil seis.

Habiendo visto en grado de apelación la SECCION SEGUNDA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 554/2004, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Lorca nº Dos, entre las partes: como actora "Vimad Europea, S.L.", representada por el Procurador Sr/a. Centeno Bolivar y defendida por el Letrado Sr/a. Esteban Vallejo, y como demandada Celestina , representada por el Procurador Sr/a. Sánchez Renovales y defendida por el Letrado Sr/a. Campos Sánchez.

En esta alzada actúa como apelante Celestina y como apelada "Vimad Europea, S.L.", personándose por el Procurador Sr/a Martínez. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El Juzgado de Instancia citado, con fecha 30 de septiembre de 2005 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Que estimando la demanda interpuesta por el procurador Sr. Centeno Aguilar en nombre y representación de "Vimad Europea, S.L.", contra doña Celestina debo declarar y declaro extinguida la comunidad formada por las partes en relación a la finca nº NUM000 del Registro de la Propiedad de Águilas, debiendo estar y pasar la Sr. Celestina por esta declaración, procediéndose a la venta de la mencionada finca en pública subasta, repartiendo posteriormente lo obtenido en partes proporcionales a las cuotas que ostentan las partes, y todo ello con expresa imposición de costas al demandado.".

SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación de Celestina al no estar conforme con la sentencia, siendo admitido en ambos efectos, dándose traslado a la contraparte que presentó escrito oponiéndose al recurso y solicitando su confirmación.

Elevados los autos originales a esta Audiencia se formó el oportuno Rollo por la Sección Segunda con el nº 90/2006 , señalándose el día 11 de julio de 2.006 para deliberación, votación y fallo.

TERCERO.- En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- El Juez de Instancia dictó sentencia estimando la demanda formulada por "Vimad Europea, S.L." contra Celestina por la que ejercitaba la división del duplex nº 12 de la calle José Giménez Ruano sita en el Grupo residencia Labradorcico de Águilas por cuanto ambas partes tienen un 50% de participación.

La parte demandada recurre tal resolución por...

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