SAP Vizcaya 109/2006, 20 de Noviembre de 2006

PonenteJOSE IGNACIO AREVALO LASSA
ECLIES:APBI:2006:2335
Número de Recurso100/2006
ProcedimientoRollo penal
Número de Resolución109/2006
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 6ª

BARROETA ALDAMAR 10 4ª planta

Tfno.: 94-4016667

Fax: 94-4016995

N.I.G.: 48.04.1-05/011485

ROLLO PENAL: 100/06

Delito: TRAFICO DE DROGAS

Organo Judicial Origen: Jdo. Instrucción nº 4 Bilbao

Procedimiento: PAB 260/05

Contra: Pedro Jesús, Ángeles, Oscar, Benito, Jose Luis, Eugenio, Luis Alberto, Jon, Abelardo, Rosendo, Eduardo y Luis Antonio

Procurador/a: Procurador/a: JUAN CARLOS RUIZ GUTIERREZ, JOSE ARZUA AZURMENDI,

PEDRO CARNICERO SANTIAGO, SUSANA SANCHEZ HIDALGO, GABRIEL MARCOS RICO,

ELENA REGES GANGOITI, ALFONSO CARLOS LEGORBURU ORTIZ DE URBINA, ALFONSO

CARLOS LEGORBURU ORTIZ DE URBINA, CARLOS SALGADO NUÑEZ, AMALIA ROSA SAENZ

MARTIN, ELENA REGES GANGOITI y CARLOS SALGADO NUÑEZ

Abogado/a: AMAIA USKOLA MENDIETA, MANUEL COBO GUTIERREZ, JESUS PEINADOR

ORKIN, SONIA LOZOYA LOPEZ, ESTIBALIZ USUBIAGA ROMAN, GAIZKA GARZON BOLADO,

JUAN INFANTE ESCUDERO, JUAN INFANTE ESCUDERO, JAVIER BILBAO PEÑAS, TOMAS

TORRE DUSMET, JAVIER BERAMENDI ERASO y ROBERTO ICAZURIAGA BAREÑO

SENTENCIA Nº 109/06

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE D. José Ignacio ARÉVALO LASSA

MAGISTRADA Dª Nekane SAN MIGUEL BERGARETXE

MAGISTRADA Dª Mª Jesús REAL DE ASÚA LLONA

En la Villa de Bilbao, a 20 de Noviembre de dos mil seis.

Vista en juicio oral y público ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial la presente causa 100/06, dimanante del Procedimiento Abreviado 260/05 del Juzgado de Instrucción nº 4 de Bilbao, en la que figuran como acusados los siguientes, constando sus circunstancias personales en autos: Eugenio, representado por el/la Procurador/a Sr/a. Reges Gangoiti y defendido por el/la Letrado/a Sr/a. Garzón Bolado, Abelardo, representado por el/la Procurador/a Sr/a. Salgado Núñez y defendido por el/la Letrado/a Sr/a. Bilbao Peñas, Luis Alberto y Jon, representados por el/la Procurador/a Sr/a. Legorburu Ortiz de Urbina y defendidos por el/la Letrado/a Sr/a. Infante Escudero, Eduardo representado por el/la Procurador/a Sr/a. Reges Gangoiti y defendido por el/la Letrado/a Sr/a. Beramendi Eraso, Pedro Jesús, representado por el/la Procurador/a Sr/a. Ruiz Giménez y defendido por el/la Letrado/a Sr/a. Uskola Mendieta, Ángeles, representado por el/la Procurador/a Sr/a. Arzua Azurmendi y defendido por el/la Letrado/a Sr/a. Cobo Gutiérrez, Jose Luis, representado por el/la Procurador/a Sr/a. Marcos Rico y defendido por el/la Letrado/a Sr/a. Usubiaga Román, Luis Antonio, representado por el/la Procurador/a Sr/a. Salgado Núñez y defendido por el/la Letrado/a Sr/a. Icazuriaga Bareño, Benito, representado por el/la Procurador/a Sr/a. Sánchez Hidalgo y defendido por el/la Letrado/a Sr/a. Lozoya López, Rosendo, representado por el/la Procurador/a Sr/a. Saenz Martín y defendido por el/la Letrado/a Sr/a. Torre Dusmet y Oscar, representado por el/la Procurador/a Sr/a. Carnicero Santiago y defendido por el/la Letrado/a Sr/a. Peinador Orkin. Comparece como parte acusadora el Ministerio Fiscal.

Expresa el parecer de la Sala como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Ignacio ARÉVALO LASSA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con origen en atestado de la comisaría de la Ertzaintza de Bilbao, se incoó por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Bilbao el Procedimiento Abreviado 260/05, antecedente de la presente causa, en la que, con fecha 14 de noviembre de 2006, se ha celebrado el juicio oral.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal, en el juicio oral y modificando el inicial escrito de calificación provisional, formula acusación contra las personas y solicitando las penas siguientes:

- Eugenio, a quien considera autor penalmente responsable de un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud pública de los artículos 368, 374 y 377 CP, con la concurrencia de la atenuante de drogadicción del artículo 21-2º CP, solicitando la imposición de la pena de prisión de cuatro años, con la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 1.854 euros con la responsabilidad personal subsidiaria por impago de la misma de 20 días.

- Ángeles, a quien considera autor penalmente responsable de un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud pública de los artículos 368, 374 y 377 CP, con la concurrencia de la atenuante de drogadicción del artículo 21-2º CP, solicitando la imposición de la pena de prisión de cuatro años, con la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 6.211 euros con la responsabilidad personal subsidiaria por impago de la misma de 20 días.

- Jose Luis, a quien considera autor penalmente responsable de un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud pública de los artículos 368, 374 y 377 CP, con la concurrencia de la atenuante de drogadicción del artículo 21-2º CP, solicitando la imposición de la pena de prisión de cuatro años, con la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 6.211 euros con la responsabilidad personal subsidiaria por impago de la misma de 20 días

- Abelardo, a quien considera autor penalmente responsable de un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño y que no causan grave daño a la salud pública de los artículos 368, 374 y 377 CP, con la concurrencia de la atenuante de drogadicción del artículo 21-2º CP, solicitando la imposición de la pena de prisión de cuatro años, con la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 22.640 euros con la responsabilidad personal subsidiaria por impago de la misma de 40 días.

- Eduardo, a quien considera autor penalmente responsable de un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño y que no causan grave daño a la salud pública de los artículos 368, 374 y 377 CP, con la concurrencia de la atenuante de drogadicción del artículo 21-2º CP, solicitando la imposición de la pena de prisión de cuatro años, con la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 22.640 euros con la responsabilidad personal subsidiaria por impago de la misma de 40 días.

- Pedro Jesús, a quien considera autor penalmente responsable de un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud pública de los artículos 368, 374 y 377 CP, con la concurrencia de la atenuante de drogadicción del artículo 21-2º CP, solicitando la imposición de la pena de prisión de cuatro años, con la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 20 euros con la responsabilidad personal subsidiaria por impago de la misma de un día.

- Luis Antonio, a quien considera autor penalmente responsable de un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud pública de los artículos 368, 374 y 377 CP, con la concurrencia de la atenuante de drogadicción del artículo 21-2º CP, solicitando la imposición de la pena de prisión de cuatro años, con la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 1.560 euros con la responsabilidad personal subsidiaria por impago de la misma de 25 días.

- Benito, a quien considera autor penalmente responsable de un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud pública de los artículos 368, 374 y 377 CP, con la concurrencia de la eximente incompleta de enajenación mental y toxicomanía, solicitando la imposición de la pena de prisión de dos años, con la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 31.000 euros con la responsabilidad personal subsidiaria por impago de la misma de 62 días.

- Oscar, a quien considera cómplice penalmente responsable de un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud pública de los artículos 368, 374 y 377 CP, solicitando la imposición de la pena de prisión de dos años, con la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 18.000 euros con la responsabilidad personal subsidiaria por impago de la misma de 30 días.

- Rosendo, a quien considera autor penalmente responsable de un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud pública de los artículos 368, 374 y 377 CP, solicitando la imposición de la pena de prisión de seis años, con la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 31.000 euros.

- Jon, a quien considera autor penalmente responsable de un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud pública de los artículos 368, 374 y 377 CP, y de un delito de tenencia de armas prohibidas del artículo 563 CP, con la concurrencia de la atenuante de drogadicción del artículo 21-2º CP, solicitando la imposición de la pena de prisión de cuatro años, con la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 26.300 euros con la responsabilidad personal subsidiaria por impago de la misma de 58 días, por el primero, y prisión de un año, con la pena accesoria de inhabilitación para el...

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