SAP Granada 83/2007, 23 de Febrero de 2007

PonenteJOSE MANUEL GARCIA SANCHEZ
ECLIES:APGR:2007:402
Número de Recurso669/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución83/2007
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA

SECCIÓN QUINTA

ROLLO Nº 669/06 - AUTOS Nº 1166/03

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº TRES DE GRANADA

ASUNTO: LIQUIDACIÓN DE GANANCIALES

PONENTE SR. JOSÉ MANUEL GARCÍA SÁNCHEZ

S E N T E N C I A N Ú M. 83

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. ANTONIO MASCARÓ LAZCANO

MAGISTRADOS

D. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ

D. JOSÉ MANUEL GARCÍA SÁNCHEZ

En la Ciudad de Granada, a veintitrés de Febrero de dos mil siete.

La Sección Quinta de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 669/06- los autos de LIQUIDACIÓN DE GANANCIALES nº 1166/03 del Juzgado de Primera Instancia nº TRES DE GRANADA, seguidos en virtud de demanda de Dª. María Cristina, representada por la Procuradora Dª MARIA DEL CARMEN QUERO GALÁN contra D. Gabriel, representado por la Procuradora Dª MARIA JESÚS HERMOSO TORRES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por el mencionado Juzgado se dictó resolución en fecha veintisiete de Septiembre de dos mil cinco, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "1º.- Acuerdo aprobar la liquidación de la sociedad de gananciales conforme a las operaciones divisorias efectuadas por DON Ángel Jesús en su escrito de fecha 14 de Febrero de 2005, adjudicando:

A DON Gabriel :

  1. - El 38,772 % indiviso de la casa en el DIRECCION000 nº NUM000, hoy NUM001, letra E, compuesta de planta baja y una habitación y terraza en alto, todo ello destinado a vivienda y además tiene a su espalda, por el Callejón dicho, un huerto formando todo una sola finca. Mide lo edificado treinta y seis metros cuadrados y el huerto cuatrocientos tres metros siete decímetros cuadrados, en total cuatrocientos treinta y nueve metros siete decímetros cuadrados. Tiene también su entrada por el huerto de Don Everardo y linda: al frente el huerto, por donde tiene su entrada y asas de Don Aurelio y Sr. Jose Enrique ; derecha entando en DIRECCION000 y DIRECCION001 ; izquierda finca de Don Hugo y espalda, casa de Don Arturo. Tiene su favor servidumbre de paso y de tuberías para agua y alcantarillado............................... 186.406´16 €.

  2. - El derecho de traspaso del local comercial sito en el Paseo de los Tristes destinado a Café Bar denominado asa 1899 de noventa metros cuadrados distribuidos en barra y zona de mesas (seis mesas) y aseos separados Caballero y Sra.; fachada de doce metros aproximadamente, con dos ventanas y dos puertas y con terraza en el exterior de doce mesas..........................................108.000 €

TOTAL........................294.406´16 €

A ABONA A Doña María Cristina.......6´16 €

TOTAL.........................294.400 €

A DOÑA María Cristina :

EL 61´23 % indiviso de la casa en el DIRECCION000 nº NUM000, hoy NUM001 letra E, compuesta de planta baja y una habitación y terraza en alto, todo ello destinado a vivienda y además tiene a su espalda, por el DIRECCION000 dicho, un huerto formando todo una sola finca. Mide lo edificado treinta y seis metros cuadrados y el huerto cuatrocientos tres metros siete decímetros cuadrado, en total cuatrocientos treinta y nueve metros siete decímetros cuadrados. Tiene también su entrada por el huerto de Don Everardo y linda: al frente el huerto, por donde tiene su entrada y casas de Don Aurelio Don. Jose Enrique ; derecha entando en DIRECCION000 y DIRECCION001 ; izquierda finca de Don Hugo y espalda, casa de Don Arturo. Tiene su favor servidumbre de paso y de tuberías para agua y alcantarillado.................................294.393 ´84 €

A percibir de Don Gabriel..........6´16 €

TOTAL..................294.400 €

Procediendo su protocolización.

Firme que sea esta resolución, procédase a la entrega a cada uno de los cónyuges de los bienes adjudicados conforme a los Arts.- 788.1º y 2º de l a LEC.

  1. - Se hace expresa imposición sobre el abono de las costas causadas a DON Gabriel. ".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, al que se opuso la parte contraria; una vez elevadas las actuaciones a este Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.

TERCERO

Que, por este Tribunal, se han observado las formalidades legales en esta alzada.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MANUEL GARCÍA SÁNCHEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que ninguno de los tres motivos de oposición en los que basa el apelante su impugnación, pueden ser...

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