AAP Baleares 131/2005, 28 de Septiembre de 2005

PonenteMIGUEL JUAN CABRER BARBOSA
ECLIES:APIB:2005:362A
Número de Recurso280/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución131/2005
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

PALMA DE MALLORCA

AUTO: 00131/2005

Rollo: RECURSO DE APELACION 0000280 /2005

AUTO Nº 131

Ilmo. Sr. Presidente:

D. MIGUEL CABRER BARBOSA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. MARIANO ZAFORTEZA FORTUNY

D. SANTIAGO OLIVER BARCELÓ

En PALMA DE MALLORCA, a veintiocho de Septiembre de dos mil cinco.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de PALMA DE MALLORCA, los Autos de EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 247/2004, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION Nº 5 de MANACOR, a los que ha correspondido el Rollo 280/2005, en los que aparece como parte demandada apelante TRANSMAS 21 S.L. representada por la Procuradora Dª. MAGDALENA CUART JANER, y asistida por el Letrado D. LUIS FRANCISCO PONTE BALSEIRO, y como demandante apelada EDIFICACIONES LEPANTO BALEAR S.L. representada por la Procuradora Dª. MONTSERRAT MONTANE PONCE, y asistida por la Letrada Dª. CATALINA RIGO SASTRE.

ES PONENTE el Ilmo. Sr. D. MIGUEL CABRER BARBOSA.

HECHOS
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Manacor, en fecha 16 de febrero de 2005, se dictó auto cuya PARTE DISPOSITIVA es del tenor literal siguiente: "Desestimar el recurso de reposición interpuesto por el Procurador Don Antonio Sastre Gornals, actuando en nombre y representación de la entidad Transmas 21, S.L.".

SEGUNDO

Contra el anterior auto se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada, y seguido el recurso por sus trámites, se celebró deliberación y votación en fecha 28 de septiembre del corriente año, quedando el recurso concluso para resolución.

TERCERO

Que en la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se despachó ejecución basada en un título judicial (Auto aprobando una transacción) contra la entidad Transmas 21 S.L. por la cantidad de 38.753,25 ?. de principal con mas 3.000?. fijados prudencialmente para intereses y costas. Transmas 21 presentó escrito oponiéndose a la ejecución despachada.

La ejecutante, Edificaciones Lepanto Balear S.L., presentó escrito manifestando que conforme a acreditación documental que aportaba resultaba que había cesado el Órgano de Administración de Transmas 21 y que se habían nombrado liquidadores porque dicha entidad había presentado su disolución, extinción y liquidación. A la vista de ello la Juzgadora a quo dictó Auto declarando de oficio la falta de capacidad de la ejecutada para ser parte y por ende la ausencia de capacidad procesal, como consecuencia de lo cual Transmas 21 S.L. no podía seguir manteniendo la oposición a la ejecución que había expresado. Esta resolución fue recurrida en reposición por la ejecutada, pero la Magistrado de instancia la desestimó, manteniéndose en lo que había acordado...

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