SAP Valencia 259/2006, 29 de Junio de 2006

PonenteMARIA ANTONIA GAITON REDONDO
ECLIES:APV:2006:1584
Número de Recurso349/2006/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución259/2006
Fecha de Resolución29 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

M

SENTENCIA NÚM.: 259/06

Ilustrísimos Sres.:

MAGISTRADOS

Dª. ROSA Mª ANDRÉS CUENCA

D. GONZALO CARUANA FONT DE MORA

Dª. Mª ANTONIA GAITÓN REDONDO

En Valencia a veintinueve de junio de dos mil seis.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente, la Ilma. Sra. Magistrado Ponente DON/ DOÑA Mª ANTONIA GAITÓN REDONDO, el presente rollo de apelación número 000349/2006, dimanante de los autos de Juicio Ordinario - 000186/2005, promovidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE SUECA, entre partes, de una, como demandado apelante a Alfonso, y de otra, como demandante apelado a HISPAMER SERVICIOS FINANCIEROS, representado por el Procurador de los Tribunales ANTONIO GARCIA-REYES COMINO, sobre entidad Bancaria reclamación de cantidad, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Alfonso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado de Primera Instancia de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE SUECA en fecha 24 de febrero de 2006, contiene el siguiente FALLO:"Estimo la demanda presentada por el Procurador D. Máximo Marqués Ortells, en representación de Hispamer y condeno a D. Alfonso al pago de 10.277,97 euros, más los intereses al tipo pactado hasta el total y completo pago, todo ello con imposición al demandado de las costas causadas"

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Alfonso, dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La representación procesal de la mercantil HISPAMER SERVICIOS FINANCIEROS ESTABLECIMIENTO FINANCIERO DE CRÉDITO SA (en adelante Hispamer), presentó demanda en reclamación de cantidad contra Alfonso, en base a contrato de préstamo de financiación a comprador de bienes muebles suscrito entre los litigantes, dictándose sentencia por el Juzgado de Instancia por la que se estimaba íntegramente la demanda inicial de las actuaciones.

Interpone recurso de apelación la representación procesal de la parte demandada alegando que si bien no podía ser impugnado el extremo de la sentencia relativo al hecho de no haberse presentado el demandado a la práctica del interrogatorio de parte, era una evidencia que el Juzgador reconocía en dicha resolución que había existido un error o, aún más grave, un fraude en la concesión del préstamo de financiación del vehículo del demandado, lo que demostraba la irregularidad de su concesión. Añadía que había quedado acreditado la adquisición de un solo vehículo por el demandado y que su financiación se había llevado a cabo por la mercantil Renault Financiación SA, que al no poder hacer frente al pago de las cuotas convenidas había devuelto el vehículo a dicha financiera y que, además del dinero obtenido por la reventa del vehículo, el Sr. Alfonso hubo de pagar a dicha entidad 1.169'53 Euros, pese a lo cual aún se reclamaba por la demandante 10.277'97 Euros, circunstancia ésta que calificaba de increíble y constitutivo de un fraude y una estafa. Estimaba que la práctica llevada a cabo por la financiera demandante era abusiva, sin que el Juzgador de la Instancia hubiera valorado el interrogatorio de la Sra. Asunción, legal representante de la financiera Renault, que reconoció la operación de financiación habida con el Sr. Alfonso, así como el hecho de que se produjo la financiación de un solo vehículo. Tras reiterar la existencia...

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