SAP Orense 22/2011, 24 de Enero de 2011
Ponente | AMPARO LOMO DEL OLMO |
ECLI | ES:APOU:2011:98 |
Número de Recurso | 250/2010 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 22/2011 |
Fecha de Resolución | 24 de Enero de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Orense, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
OURENSE
SENTENCIA: 00022/2011
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de OURENSE
Domicilio: PZA. CONCEPCION ARENAL, 1
Telf: 988687072/988687068
Fax: 988687075
Modelo: 213100
N.I.G.: 32054 51 2 2009 0101951
ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000250 /2010
Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de OURENSE
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000091 /2010
RECURRENTE: Claudio
Procurador/a: FRANCISCO PEREZ SAA
Letrado/a:
RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL
Procurador/a:
Letrado/a:
SENTENCIA Nº 22/2011
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ILMOS/AS SR./SRAS
Presidente/a:
D./DÑA. ANA MARÍA DEL CARMEN BLANCO ARCE
Magistrados/as
D./DÑA. MANUEL CID MANZANO
D./DÑA. AMPARO LOMO DEL OLMO
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En OURENSE, a 24 de Enero de 2011.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de esta capital ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente recurso penal, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 91/2010 del JDO. DE LO PENAL nº 1 de OURENSE, siendo partes, como apelante, Claudio, defendido por la Letrada Dª CARMEN DACRUZ CONDE, y representado por el Procurador D. FRANCISCO PEREZ SAA, y como apelado, MINISTERIO FISCAL, actuando como Ponente el/la Magistrado/a Ilmo/a. Sr./a. Dª AMPARO LOMO DEL OLMO.
La Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 1 de Ourense, con fecha 14/10/2010 dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este recurso declarando probados los siguientes hechos: "Que sobre la 3.50 horas del día 13 de mayo de 2009 el acusado Claudio, mayor de edad al haber nacido el 27 de febrero de 1965, con DNI NUM000 y sin antecedentes penales, conducía bajo la influencia de bebidas alcohólicas el vehículo matrícula ...yyy por la calle Orense de Carballiño, haciéndole en zigzag lo que motivó que agentes de la Policía Local que observaron la conducción lo requirieran para que se sometiera a una prueba de alcoholemia, negándose el acusado a la práctica de la misma a pesar de que los agentes le advirtieron de las consecuencias de la negativa. El acusado presentaba los siguientes síntomas que indicaban la influencia del alcohol en sus facultades físico-psíquicas: rostro sudoroso y arrebolado, ojos apagados, comportamiento insultante, halitosis alcohólica muy fuerte de cerca, habla pastosa con repetición de frases e ideas y deambulación con movimientos oscilantes de la verticalidad del cuerpo. Los agentes trasladaron al acusado a dependencias policiales y en las mismas se dirigió a los agentes en los siguientes términos "sois unos hijos de puta, me cago en la puta madre que os parió, de vosotros dos me voy a encargar" y frases similares."
La expresada sentencia en su Fallo dice así :"Que debo CONDENAR Y CONDENO como autor penalmente responsable de un delito contra la SEGURIDAD DEL TRAFICO ya definido, al acusado, Claudio, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de MULTA DE OCHO MESES a razón de 5 euros diarios con la pena de MULTA DE OCHO MESES a razón de 5 euros diarios con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del artículo 53 del CP, 42 días de trabajos en beneficio de la comunidad y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de un año y dos meses, y ello, con expresa condena en costas. QUE debo CONDENAR Y CONDENO como autor penalmente responsable de un delito negativa a someterse a las pruebas del alcoholemia ya definido, al acusado Claudio, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 6 meses de prisión y del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de un año y dos meses. Que debo CONDENAR Y CONDENO como autor penalmente responsable de una falta de respeto a agente de autoridad ya definido, al acusado, Claudio, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 12 días multa con una cuota diaria de 6 euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de dos días de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas. Le será de abono para el cumplimiento de dicha condena el tiempo que haya estado privado de libertad por esta causa."
Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la representación procesal de Claudio, que fue admitido e impugnado por el MINISTERIO FISCAL, en base a sus respectivos escritos presentados al efecto y que obran unidos a las actuaciones.
Recibidas las diligencias en esta Sección Segunda, se formó en su virtud el Rollo de apelación de su clase nº 250/2010, para resolución del recurso.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan y se dan por reproducidos los hechos que en la sentencia recurrida se declaran probados.
Frente a la sentencia dictada por la Ilma. Magistrada del Juzgado de lo Penal nº 1 de Orense, por la que se condena al acusado, Claudio, como autor responsable de un delito contra la...
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