SAP Zaragoza 22/2011, 19 de Enero de 2011

PonenteJAVIER SEOANE PRADO
ECLIES:APZ:2011:55
Número de Recurso790/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución22/2011
Fecha de Resolución19 de Enero de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00022/2011

SENTENCIA núm. 22/11

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. JAVIER SEOANE PRADO

Magistrados:

D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

D. ALFONSO MARÍA MARTÍNEZ ARESO

En Zaragoza, a diecinueve de enero de dos mil once.

En nombre de S.M. el Rey,

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 005, de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, los Autos de PIEZA DE INCIIDENTE CONCURSAL Nº 636/2008, procedentes del JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 790/2010, en los que aparece como parte apelante, D. Oscar asistido por el Letrado D. JOSE-LUIS MAINAR RUIZ, y como parte apelada, ADMINISTRACION CONCURSAL de la empresa LORENTE BLASCO 2006, SL, representado por el Administrador concursal D. JOSE MANUEL GRACIA ESCOSA; y LORENTE BLASCO 2006, representado por el Procurador de los tribunales D. JUAN ANTONIO AZNAR UBIETO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. SR. D. JAVIER SEOANE PRADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 28 de mayo de 2010, cuyo FALLO es del tenor literal: "Que desestimando la demanda interpuesta por Oscar debo absolver y absuelvo a la parte demandada de los pedimentos de la parte actora, no dando lugar al reconocimiento de crédito pretendido.-Todo ello sin hacer expresa condena en costas".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal de D. Oscar, se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos en esta Sección los autos y las grabaciones audiovisuales de los actos procesales de la audiencia previa y el acto del juicio y, una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado y, tras los trámites legales, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 10 de enero de 2010.

CUARTO

En la tramitación estos autos se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Se aceptan los de la resolución recurrida en tanto no se oponen a los de la presente resolución y;

PRIMERO

Se trata de decidir la calificación que ha de darse al crédito que ostenta D. Oscar como indemnización por la extinción del contrato de trabajo que le unía con la concursada, LORENTE BLASCO SL.

A tal efecto es de tener como fechas de los diferentes acontecimientos relevantes la que siguen, el despido fue decidido por la concursa el día 15-6-2008, la fecha de declaración de concurso el día 7-10-2008, la fecha de la sentencia por la que el despido fue declarado nulo el día 3-11-2008, y el auto de extinción de la relación laboral y fijación de la indemnización de 10-3-2009.

Con arreglo a dicha secuencia temporal, el promotor de incidente concursal y hoy apelante, D. Oscar, sostiene que la suma de 9.946'80 # fijada como indemnización por la extinción de la relación laboral es un crédito contra la masa conforme al art. 84.2.5º LC, y el juzgador de primer grado le niega tal calificación y lo tiene por crédito concursal con el privilegio general del art. 91.1º, pero que por haber sido tardíamente comunicado no pude ser reconocido en el concurso.

En cuanto a la calificación discutida, el juzgador de primer grado razona que las indemnizaciones laborales sólo serán a cargo de la masa cuando el despido o la extinción se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
5 sentencias
  • SAP Vizcaya 315/2012, 3 de Mayo de 2012
    • España
    • May 3, 2012
    ...profesional o empresarial o declare la conclusión del concurso"). Esta misma línea es seguida por la Sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza de 19 de enero de 2.011, en la que destacamos "Como ha sido puesto de manifiesto por la doctrina, el reconocimiento de la condición de privil......
  • SJMer nº 1, 2 de Junio de 2015, de Murcia
    • España
    • June 2, 2015
    ...24/06/2011 , SAP Valencia 17/07/2012 y SAP Murcia 21/02/2013 . En contra de esta tesis se pronuncian la SAP Vizcaya 24/06/2008 , SAP Zaragoza 19/01/2011 , SAP Baleares 13/02/2012 y SAP La Coruña 18/07/2013 , que consideran, en síntesis, que habrá que estar a la fecha de la resolución judici......
  • SAP Huesca 225/2013, 3 de Diciembre de 2013
    • España
    • December 3, 2013
    ...correspondiente es un crédito contra la masa, tal y como lo ha declarado el juzgado. En el mismo sentido la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza de 19 de enero de 2011 (ROJ SAP Z 55/2011 ) y la Audiencia Provincial de Madrid de 8 de febrero de 2013 (ROJ SAP M 1750) ya citada por......
  • SAP Vizcaya 335/2012, 9 de Mayo de 2012
    • España
    • May 9, 2012
    ...profesional o empresarial o declare la conclusión del concurso"). Esta misma línea es seguida por la Sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza de 19 de enero de 2.011, en la que destacamos "Como ha sido puesto de manifiesto por la doctrina, el reconocimiento de la condición de privil......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR