SAP Madrid 450/2007, 4 de Septiembre de 2007

PonentePEDRO POZUELO PEREZ
ECLIES:APM:2007:12822
Número de Recurso428/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución450/2007
Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18

MADRID

SENTENCIA: 00450/2007

Rollo: RECURSO DE APELACION 428 /2007

Proc. Origen: EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 1051 /2002

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 73 de MADRID

PONENTE: ILMO. SR. PEDRO POZUELO PÉREZ

APELANTE: Raquel

PROCURADOR: ANA MARIA ESPINOSA TROYANO

APELADO: MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, SOCIEDAD DE SEGUROS A PRIMA FIJA

PROCURADOR: IGNACIO RODRIGUEZ DIAZ

En MADRID, a cuatro de septiembre de dos mil siete.

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO

ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ

ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre incidente de impugnación de tasación de costas por conceptos indebidos, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 73 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante Dª Raquel representada por la Procuradora Sra. Espinosa Troyano y de otra, como apelada demandada MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, SOCIEDAD DE SEGUROS A PRIMA FIJA, representada por el procurador Sr. Rodríguez Díez, seguidos por el trámite de ejecución de títulos judiciales.

Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. PEDRO POZUELO PÉREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 73 de Madrid, en fecha 23 de mayo de 2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: SE ESTIMA la impugnación efectuada por Mutua Madreileña Automovilista, S.A., respecto de la tasación de costas realizada en autos, la que se declara indebida, imponiéndose las costas de este incidente a la parte impugnada.".

SEGUNDO

Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 26 de julio de 2007.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia de instancia se interpone recurso de apelación por entender la recurrente que debían imponerse las costas de la ejecución provisional. El recurso debe ser desestimado y la resolución del Juzgado confirmada aunque por motivos distintos de los alegados por el Juzgado. En efecto, sobre la cuestión litigiosa, costas de la ejecución provisional ya se ha pronunciado esta Audiencia y ello para desestimar la imposición de costas en caso de ejecución provisional y ello porque el art. 524.2 LEC señala que la ejecución provisional se despachará llevando a cabo, del mismo modo que la ejecución ordinaria, y el art. 539.2 de la misma ley, dispone que «En las actuaciones del proceso de ejecución para las que esta Ley prevea expresamente pronunciamiento sobre costas, las partes deberán satisfacer los gastos y costas que les correspondan conforme a lo previsto en el art. 241 de esta Ley, sin perjuicio de los reembolsos que procedan tras la decisión del tribunal sobre las costas.

Las costas del proceso de ejecución no comprendidas en el párrafo anterior serán a cargo del ejecutado sin necesidad de expresa imposición pero, hasta su liquidación, el ejecutante deberá satisfacer los gastos y costas que se vayan produciendo, salvo los que correspondan a actuaciones que se realicen a instancia del ejecutado o de otros sujetos, que deberán ser pagados por quien haya solicitado la...

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