SAP Córdoba 423/2007, 19 de Julio de 2007
Ponente | JOSE MARIA MAGAÑA CALLE |
ECLI | ES:APCO:2007:939 |
Número de Recurso | 76/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 423/2007 |
Fecha de Resolución | 19 de Julio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 423
Apelación Penal
Juicio de Faltas nº 66/2007
Juzgado de Instrucción nº 4
de Córdoba.
Rollo nº 76
Año 2007
En la ciudad de Córdoba, a diecinueve de julio de dos mil siete.
Visto por el Iltmo. Sr. D. José Mª Magaña Calle, Magistrado de esta Audiencia Provincial, constituido en Tribunal Unipersonal, el presente rollo de apelación, dimanante de los números y asunto del margen, en el que ha sido parte apelante D. Benedicto y como apelados D. Everardo y el MINISTERIO FISCAL.
Se aceptan los Antecedentes de Hecho y los Hechos Probados de la Sentencia recurrida, y
Seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de Instrucción nº 4 de Córdoba con fecha 15 de mayo de 2007 que contiene los siguientes Hechos Probados: "ÚNICO.- Ante la incomparecencia de la parte denunciante a este juicio únicamente ha podido quedar acreditada la existencia de una denuncia formulada por el denunciante contra el denunciado por una supuesta falta de insultos."
En la expresada sentencia consta el siguiente Fallo: "Que debo absolver y absuelvo libremente a D. Everardo de los hechos que se le/s imputan en esta causa, con declaración de oficio de las costas causadas en esta instancia, con expresa reserva de acciones civiles."
Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por don Benedicto en base a la argumentación de hechos que expresó, recurso que fue admitido, dándose traslado del mismo a las demás partes por término legal, transcurrido el cual se remitieron las actuaciones a este Tribunal y, tras los trámites oportunos, se pasaron al Iltmo. Sr. Magistrado Ponente para que dictase la resolución procedente.
En la sustanciación de esta alzada se han observado las prescripciones y formalidades legales.
Se da por reproducido el relato fáctico que como probado se contiene en la sentencia apelada.
Se aceptan los Fundamentos Jurídicos de la Sentencia recurrida, y
El art. 24 de la Constitución consagra como derechos fundamentales las garantías mínimas de todo proceso penal que, cuando se refieren al denunciado, en este caso igualmente denunciante, se engloban en el derecho de defensa y en la proscripción de la indefensión. Y en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STS 411/2010, 28 de Junio de 2010
...de apelación. Cita sobre esta cuestión las STSJ de Cataluña de 27 de marzo de 2008, SAP de Madrid de 4 de febrero de 2008, SAP de Córdoba de 19 de julio de 2007 y SAP de Valladolid de 20 de octubre de 2006 La ausencia de reclamación previa impide que prospere la queja efectuada en la segund......
-
SAP Orense 174/2023, 10 de Octubre de 2023
...decantándose por la nulidad del juicio cabe citar la STAP de A Coruña, Sección 1ª, nº 302/2020 de 29 de junio, la STAP de Córdoba, Sección 1ª, nº 423/2007 de 19 de julio y la STAP de Sevilla, Sección 4ª, nº 513/2005 de 7 de febrero. Y finalmente la posterior reforma del art. 188 de la LEC ......