AAP Madrid 227/2011, 5 de Julio de 2011

PonenteELADIO GALAN CACERES
ECLIES:APM:2011:9640A
Número de Recurso126/2011
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución227/2011
Fecha de Resolución 5 de Julio de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 22ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 22

MADRID

AUTO: 00227/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 22

18020

C/ FRANCISCO GERVAS N: 10 (PLANTA 12*)

Tfno.: 914936204-05-06-07- Fax: 914936210

N.I.G. 28000 1 7001022 /2011

Rollo: RECURSO DE APELACION 126 /2011

Proc. Origen: INCIDENTES 343 /1992

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 27 de MADRID

Ponente:

Demandado/Apelante: Teodulfo

Procurador: MANUEL DE BENITO OTEO

Demandante/Apelado: Soledad

Procurador: RAUL SANGUINO MEDINA

AUTO Nº

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández

Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres

Ilmo. Sr. D. José Ángel Chamorro Valdés

_____________________________________/

En Madrid, a cinco de julio de dos mil once.

La Sección Vigesimosegunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos de ejecución título judicial, bajo el nº 343/92, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 27 de los de Madrid, entre partes:

De una, como apelante, don Teodulfo, representado por el Procurador don Manuel de Benito Oteo. De otra, como apelado, doña Soledad, representada por el Procurador don Raúl Sanguino Medina. VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Con fecha 10 de noviembre de 2009, por el Juzgado de Primera Instancia nº 27 de los de Madrid, se dictó Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal: "DISPONGO: Que desestimando la oposición formulada por la representación de D. Teodulfo, procede que la ejecución siga adelante por la cantidad de setecientos quince euros con cuarenta y cuatro céntimos, correspondientes a pensiones devengadas en el periodo Diciembre de 2008 a Julio del 2009, con expresa imposición de costas al ejecutado.

Requiérase a D. Teodulfo, para que en el plazo de 10 días acredite haber abonado la referida cantidad con apercibimiento de proceder a su exacción por la vía de apremio.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación.

Así lo manda y firma S.Sª.; de lo que doy fe".

TERCERO

Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma, previa la oportuna preparación, se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Don Teodulfo, exponiéndose en el escrito presentado las alegaciones en las que basaba su impugnación.

De dicho escrito se dio traslado a las demás partes personadas, presentándose por la representación legal de Doña Soledad, escrito de oposición.

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Superioridad, en la que, previos los trámites oportunos, se acordó señalar para deliberación, votación y resolución del recurso el día 4 de los corrientes.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte apelante, a través del escrito de...

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