AAP Madrid 227/2011, 5 de Julio de 2011
Ponente | ELADIO GALAN CACERES |
ECLI | ES:APM:2011:9640A |
Número de Recurso | 126/2011 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 227/2011 |
Fecha de Resolución | 5 de Julio de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 22ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 22
MADRID
AUTO: 00227/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 22
18020
C/ FRANCISCO GERVAS N: 10 (PLANTA 12*)
Tfno.: 914936204-05-06-07- Fax: 914936210
N.I.G. 28000 1 7001022 /2011
Rollo: RECURSO DE APELACION 126 /2011
Proc. Origen: INCIDENTES 343 /1992
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 27 de MADRID
Ponente:
Demandado/Apelante: Teodulfo
Procurador: MANUEL DE BENITO OTEO
Demandante/Apelado: Soledad
Procurador: RAUL SANGUINO MEDINA
AUTO Nº
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández
Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres
Ilmo. Sr. D. José Ángel Chamorro Valdés
_____________________________________/
En Madrid, a cinco de julio de dos mil once.
La Sección Vigesimosegunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos de ejecución título judicial, bajo el nº 343/92, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 27 de los de Madrid, entre partes:
De una, como apelante, don Teodulfo, representado por el Procurador don Manuel de Benito Oteo. De otra, como apelado, doña Soledad, representada por el Procurador don Raúl Sanguino Medina. VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres.
La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
Con fecha 10 de noviembre de 2009, por el Juzgado de Primera Instancia nº 27 de los de Madrid, se dictó Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal: "DISPONGO: Que desestimando la oposición formulada por la representación de D. Teodulfo, procede que la ejecución siga adelante por la cantidad de setecientos quince euros con cuarenta y cuatro céntimos, correspondientes a pensiones devengadas en el periodo Diciembre de 2008 a Julio del 2009, con expresa imposición de costas al ejecutado.
Requiérase a D. Teodulfo, para que en el plazo de 10 días acredite haber abonado la referida cantidad con apercibimiento de proceder a su exacción por la vía de apremio.
Contra la presente resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación.
Así lo manda y firma S.Sª.; de lo que doy fe".
Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma, previa la oportuna preparación, se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Don Teodulfo, exponiéndose en el escrito presentado las alegaciones en las que basaba su impugnación.
De dicho escrito se dio traslado a las demás partes personadas, presentándose por la representación legal de Doña Soledad, escrito de oposición.
Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Superioridad, en la que, previos los trámites oportunos, se acordó señalar para deliberación, votación y resolución del recurso el día 4 de los corrientes.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
La parte apelante, a través del escrito de...
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